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Nuestra empresa es una filial; anteriormente, los informes de inspección eran elaborados por la planta principal. El año pasado, la planta principal tuvo dificultades económicas, y el personal encargado de las inspecciones renunció, llevándose consigo sus certificados. Ahora, nuestra filial quiere emitir informes, pero ya no tiene la autorización para hacerlo. Me gustaría preguntarles si nuestra filial podría externalizar completamente el trabajo de inspección a una empresa especializada en ello... De esa manera, no tendríamos que asignar personal para esta tarea. ¿Está bien así?
Parece que tu certificación de fabricación es de la fábrica principal. Ahora no se puede realizar la inspección por defectos, así que lo mejor es subcontratarlo en nombre de la fábrica principal.
La inspección no destructiva, el tratamiento térmico y las pruebas físico-químicas pueden ser subcontratados, pero la propia empresa debe contar con personal responsable correspondiente.
Las empresas especializadas en la instalación, modificación y mantenimiento de equipos especiales pueden subcontratar los trabajos de inspección no destructiva, así como los procedimientos físico-químicos e incluso los tratamientos térmicos. Sin embargo, depende de si su empresa (fábrica subsidiaria) cuenta con personalidad jurídica independiente. Si es así, puede firmar el contrato de subcontratación en nombre de la fábrica subsidiaria; de lo contrario, deberá hacerlo en nombre de la fábrica principal. Además, el sistema de garantía de calidad requiere que haya un responsable designado para ello. El responsable de las inspecciones no destructivas también debe contar con certificados UT o RT, además del certificado de registro en la propia empresa .
Depende de tu sistema de fabricación y de cómo sea la licencia de fabricación. . . ¿Qué nivel es? . . En muchos casos, las licencias de fabricación para NDE no permiten la subcontratación. .
¿Hay otras formas además de la externalización?
Sí, la hay. . . Se están contratando inspectores de defectos. .
Los que se fueron antes también se quejaban de que el salario era bajo. Si hay beneficios, se contrata; si no, solo queda la subcontratación.
Si D1 y D2 son licencias de fabricación para sus plantas subsidiarias, la inspección no destructiva puede ser subcontratada, pero su empresa debe tener a una persona responsable de la inspección no destructiva
Tiene razón quien lo dijo en el tercer piso. La inspección no destructiva, el tratamiento térmico y las pruebas físico-químicas pueden ser subcontratados, pero la propia empresa debe contar con personal responsable correspondiente.
Al menos, su empresa debe tener uno. Si se contrata a terceros para hacerlo, seguramente se gastará más dinero, la eficiencia será menor y habrá más etapas intermedias. Sería mejor contratar a una o dos personas más para que hagan el trabajo y preparen los informes.
Esto no tiene ningún problema; los rayos X, las imágenes por resonancia magnética y la ecografía están todos incluidos. Jaja
Las tareas pueden ser subcontratadas, pero a la persona responsable no se le puede subcontratar.
¿Pueden ser los responsables de las pruebas no destructivas y de los análisis físico-químicos empresas externas calificadas?