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Notificación sobre cuestiones relacionadas con la licencia para la fabricación de recipientes a presión en calderas

2018-04-01View Original

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Notificación de la Dirección de Equipos Especiales de la Administración General de Inspección de Calidad sobre cuestiones relacionadas con las licencias para la fabricación de calderas y recipientes a presión (Circular de Inspección de Calidad [2018] N.º 12). A las direcciones de supervisión técnica de calidad de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente bajo el gobierno central (departamentos de supervisión y gestión del mercado), así como a todas las unidades relevantes: Las “Normas para la supervisión y gestión de la fabricación de calderas y recipientes a presión” (Orden de la Administración General de Inspección de Calidad N.º 22, en lo sucesivo denominada Orden N.º 22) fueron derogadas el 6 de marzo de 2018. Hasta que se promulguen los nuevos niveles y condiciones de licencia para equipos especiales, los niveles de licencia para la fabricación de calderas y recipientes a presión se determinarán provisionalmente según lo establecido en el anexo. Las condiciones para obtener dicha licencia seguirán siendo las mismas que se indican en las disposiciones vigentes, como las “Condiciones para la licencia de fabricación de calderas y recipientes a presión” (Guo Jian Zhi Guo [2003] Nº 194). Anexo: Clasificación de los niveles de licencia para la fabricación de calderas y recipientes a presión. Dirección de Equipos Especiales, Administración General de Inspección de Calidad. 21 de marzo de 2018.

**Clasificación de los niveles de licencia para la fabricación de calderas**

**I. Clasificación de los niveles de licencia para la fabricación de calderas**

| Nivel | Alcance de fabricación de calderas |
|-------|-----------------------------------|
| A | Sin limitaciones |
| B | Calderas de vapor con presión nominal inferior o igual a 2,5 MPa (presión manométrica; mismo significado a continuación). |
| C | Calderas de vapor con presión nominal inferior o igual a 0,8 MPa y capacidad de evaporación inferior o igual a 1 t/h; calderas de agua caliente con temperatura de salida nominal inferior a 120 °C. |
| D | Calderas de agua caliente con temperatura de salida nominal inferior a 120 °C y potencia térmica nominal inferior o igual a 2,8 MW. |

**Calderas con medio térmico orgánico**

Nota: Las calderas de agua caliente con temperatura de salida nominal superior o igual a 120 °C se clasifican según su presión nominal de salida, en el nivel C o en niveles superiores. 2. Las empresas fabricantes de calderas que cuentan con licencias de alto nivel pueden producir productos de calderas de nivel inferior. 3. Las empresas fabricantes de calderas que cuenten con una licencia de nivel C o superior pueden fabricar calderas a base de fluidos térmicos orgánicos. Aquellas empresas que se dedican exclusivamente a la fabricación de este tipo de calderas deben solicitar la certificación específica para su fabricación, sin importar el nivel de la licencia que posean. 4. En el caso de las empresas fabricantes de calderas que tienen un solo tipo de producto, se puede restringir su ámbito de producción, por ejemplo, limitando el nombre de las piezas, los materiales utilizados y las variedades disponibles. II. Clasificación de los niveles de licencia para la fabricación de recipientes a presión
Nivel | Alcance de fabricación de recipientes a presión | Productos representativos
A | Recipientes a ultraalta presión, recipientes a alta presión (A1) ; Tercera categoría: recipientes de baja y media presión (A2) ; Soldadura in situ de tanques esféricos o fabricación de placas de la carcasa esférica (A3) ; Recipientes a presión no metálicos (A4) ; Cámaras de oxígeno médico (A5): En la categoría A1 se debe indicar si la estructura es de un solo estrato, forjada y soldada, con múltiples capas de revestimiento, con bandas de sujeción, mediante técnica de enfriamiento por inmersión en calor, con placas entrelazadas, sin costuras, forjada o de otro tipo. B: De acuerdo con el Anexo 2 de la “Notificación de la Oficina General de Inspección de Calidad sobre cuestiones relacionadas con la supervisión de seguridad de las tuberías a presión y los cilindros” (Oficina de Inspección de Calidad, documento n.º 675 de 2015). C: Vehículos cisterna ferroviarios (C1) ; Camión cisterna o remolque de tubo largo (C2) ; Contenedores de tipo tanque o contenedores de tipo tubular (C3). En los casos C2 y C3, se debe indicar el tipo de producto. D: Contenedores a presión de primera categoría (D1) ; Recipientes de baja y media presión de la segunda categoría (D2). Nota: 1. La clasificación de los recipientes a presión en las categorías primera, segunda y tercera se determina de acuerdo con lo establecido en el punto 1.7 de las “Normas técnicas para la inspección de seguridad de los recipientes a presión fijos” ; La clasificación de las categorías de presión de los recipientes a presión se determina de acuerdo con el Anexo A de las «Normas técnicas para la inspección de seguridad de los recipientes a presión fijos». 2. Los recipientes a presión diseñados según las normas de diseño analítico deben ser fabricados por empresas que cuenten con una licencia de nivel A o C. 3. En el caso de las empresas manufactureras que tienen un solo tipo de producto, se puede restringir el alcance de su licencia, por ejemplo, limitando los productos o métodos de fabricación, los materiales, los tipos y los usos, entre otros. 4. Las condiciones de autorización de fabricación para las bombonas de gas de niveles B3, B4 y B5, que se indican en el Anexo 2 del documento “Zhijianban Te [2015] N.º 675”, se aplicarán de acuerdo con los requisitos B3 establecidos en el Anexo 1 del documento “Guozhijianguō [2003] N.º 194”.
Reply #22018-04-01
No es un estándar, ni una norma; no se vuelve obsoleto si no se actualiza. Se emite uno cada dos por tres, ¡dios mío!
Reply #32018-04-02
¡Solo actualizándose constantemente se puede progresar!
Reply #42018-04-02
Existen demasiadas regulaciones, documentos y comunicados de la Administración General de Inspección de Calidad relacionados con los equipos especiales y los recipientes a presión. Es imposible saber cuáles son los que siguen en vigor y cuáles ya no lo son; todo está muy confuso
Reply #52018-04-14
Está todo muy desordenado. Leyes, normas. Estándares: hay demasiado desorden entre los diferentes niveles.

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