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Tengo algunas preguntas relacionadas con la inspección de supervisión de los recipientes a presión: 1. ¿Es posible emitir un certificado para recipientes a presión que no están sujetos a las normativas aplicables, como aquellos cuya presión de operación es inferior a 0,1 MPa, o cuyo diámetro interno es menor a 150 mm, siempre y cuando el cliente solicite que se emita un certificado conforme a dichas normativas? 2. En el caso de los componentes sometidos a presión que no están incluidos en el ámbito de las inspecciones de supervisión establecidas en el Capítulo 6 de las Normas de Aceptación, y cuando el propietario insiste en que se proporcione un certificado de inspección de dichos componentes, ¿puede el instituto de inspección especializada emitir dicho certificado? 3. En el caso de los componentes de recipientes a presión para los cuales se emite un certificado por separado, ¿pueden los planos de diseño ser elaborados por el fabricante de dichos componentes, con el sello del fabricante que acredita su capacidad para diseñar (o fabricar) esos componentes?
1. La primera pregunta: el propietario puede hacer solicitudes, pero la entidad de inspección tiene el derecho a negarse a emitir el certificado según las normas de contención, ya que estas normas están destinadas específicamente a los equipos especiales. 2. Segunda pregunta: es una cuestión similar. La entidad de inspección tiene el derecho a negarse a emitir el certificado, pero puede coordinar la realización de una inspección por encargo y emitir el certificado en base a dicha inspección. 3. Tercera pregunta: los planos no pueden ser elaborados por el fabricante de las piezas. Dado que las piezas forman parte del recipiente a presión, el proceso de fabricación de este se basa en las condiciones técnicas del usuario: las condiciones técnicas del usuario determinan el diseño por parte de la empresa encargada del diseño, seguido de su fabricación por parte de la empresa fabricante, y finalmente su entrega al usuario. Solo cuando la unidad de fabricación no tiene tiempo suficiente para producir, se externalizan las piezas.
Primera pregunta: en cuanto a la inspección y supervisión de nuestros equipos especiales, la entidad encargada de ello actúa en representación del **órgano competente para ejercer funciones de supervisión administrativa; no se trata de un tercero contratado por el propietario. El certificado de inspección debe cumplir obligatoriamente con los requisitos establecidos en las normas técnicas de seguridad. La segunda pregunta es diferente: dado que se trata de recipientes que están dentro del ámbito de la inspección de supervisión, sus componentes sometidos a presión también deben quedar incluidos en dicho ámbito. La inspección de dichos componentes puede ser realizada por la entidad encargada de la inspección en el lugar donde se fabrica el componente, o bien por la entidad encargada de la inspección en el lugar donde se fabrica el recipiente o donde se realizan las tareas de mantenimiento y reparación. Esto debe solicitarse con antelación. La tercera cuestión debería ser si el diseño general del contenedor lo realiza la entidad responsable del diseño, o bien si se utilizan componentes estándar para las tapas de acceso.
Se puede encargar una inspección, pero lo que se emite es un certificado de conformidad, y no un certificado de inspección.
1. Si no está sujeto a las normas de clasificación, ¿cómo se puede clasificar el equipo? Y si no se puede clasificar, ¿cómo se puede emitir un certificado de inspección y supervisión? La unidad de inspección y supervisión de la fabricación también se considera un organismo de inspección externo, y además cobra por sus servicios. Puede consultar con ellos al respecto. Después de todo, se quiere ser más estricto, no más laxo. 2. Por lo general, las bridas y los sellos adquiridos externamente vienen con certificados de inspección y control; usted solo necesita llevar a cabo el control del proveedor y la inspección al recibirlos en la fábrica. En principio, quien fabrica el componente es quien debe encargarse de su envío. Si ese componente forma parte de tu contenedor, y ese contenedor se entrega como un todo, entonces ustedes tienen derecho a participar en el proceso de diseño. En ese caso, se puede utilizar un plano general con sello oficial; ese componente se considerará entonces como un componente adquirido externamente.
Este requisito del propietario es un poco innecesario, ¿no? Para equipos que no están sujetos a regulación, emitir un certificado según las normas generales suele ser inútil, a menos que haya requisitos especiales. Se podría hablar con el propietario al respecto (los equipos que no están sujetos a regulación no necesitan ese certificado emitido por un organismo de inspección especial)
Algunos propietarios no están muy claros respecto a las normas de inspección y supervisión para equipos especiales como los recipientes a presión; por motivos de seguridad o para protegerse legalmente, pueden plantear requisitos adicionales o innecesarios. Para conseguir el contrato, el personal de ventas del vendedor, si considera que no se trata de un problema fundamental, suele hacer todo lo posible por satisfacer las exigencias del cliente, y luego pide a los departamentos técnicos y de garantía que se encarguen del asunto. La respuesta de nuestro instituto de inspección especial es la siguiente: 1/2. En los casos que no están dentro del alcance de la inspección obligatoria según la ley, se puede seguir el procedimiento de inspección por encargo, y se emitirá un certificado de conformidad, en lugar del certificado de inspección exigido por las normativas vigentes. 3. Los componentes de recipientes a presión que se certifican por separado pueden tener sus documentos de diseño elaborados por cualquier empresa que cuente con la cualificación necesaria para diseñar dichos componentes, siempre y cuando se incluya el sello del diseñador. Este requisito también se aplica a los proyectos de modificación de recipientes a presión. En cuanto a las categorías de los recipientes a presión, en mi opinión, dado que no están sujetos a las regulaciones de inspección, no hay problema en que se diseñen, fabriquen e inspeccionen según cualquiera de las categorías; la categoría correspondiente debe ser determinada mediante acuerdo entre el diseñador y el propietario. Además, aunque existen regulaciones al respecto, las unidades de inspección en cada región pueden interpretarlas de manera diferente, por lo que los requisitos en la práctica pueden variar ligeramente.
Por supuesto, no se proporcionará el informe de inspección. Si es realmente necesario, habrá que utilizar parámetros elevados, dentro del rango permitido por las normas
El propietario pidió voluntariamente tanto. . . No se trata de requisitos relacionados con la evaluación preliminar de seguridad; es solo algo que el propietario ha transmitido
Estoy de acuerdo con la opinión del segundo piso. En cuanto a aquello que no está estipulado como algo necesario, pero que el propietario insiste en que se haga, entonces el propio propietario puede emitir una solicitud de autorización y pagar por ello, ¿no? :lol