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La norma SHT3193-2017, “Guías para el diseño de equipos destinados a entornos con hidrógeno sulfuroso en la industria petroquímica”, establece en su sección 5.4.4 que la dureza de los pernos debe ser inferior o igual a 22HRC (237HBW). Según la norma GB/T17394.4, esto equivale a HB227. Si se utilizan pernos de tipo HG/T20613 con composición 35CrMo, como exigen los planos técnicos, su dureza (HB269~321) superará los límites permitidos. Por lo tanto, es necesario ablandarlos ligeramente; de esta manera, su dureza será menor que la de las tuercas de tipo 30CrMo, cuya durez está entre HB234~285. Entonces, ¿es necesario ablandar adecuadamente las tuercas para que su dureza sea menor que la de los pernos? Y si es así, ¿por qué no se menciona en las normas?
150.2 Se requieren tuercas especiales para poder ajustar la temperatura de revenido y así adaptarlas a los pernos
En el NBT47020 se indica que la dureza de la tuerca debe ser 20–30 HB menor que la de los pernos a los que se une
Todo lo anterior se refiere a situaciones normales. En casos especiales, puede ser necesario que la dureza de la tuerca sea mayor que la del perno. Por ejemplo, si se suelda directamente la tuerca con las piezas del componente, es más lógico y económico reemplazar el perno en lugar de la tuerca. Este método no se recomienda para medios extremos o muy agresivos, ni para otros tipos de medios especiales. Es posible que sea necesario tener esto en cuenta en las estructuras relacionadas. (Son solo opiniones personales; cualquier error está abierto a críticas y correcciones)
Además, la dureza de los pernos y sus propiedades mecánicas están relacionadas entre sí; si se reduce la dureza de los pernos, sus propiedades mecánicas también deben ajustarse en consecuencia