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¿Cuál es la diferencia entre el certificado de calibración y el informe de verificación de un detector de gases inflamables? ¿Cuando realizan inspecciones los departamentos locales, se necesita ambos, o basta con uno solo? ¿Cuál tiene más autoridad?
Aquí, la Inspección de Calidad y Tecnología es quien realiza las pruebas; solo se emite un informe de dichas pruebas. No he oído hablar de que se emitan dos informes
Los departamentos de supervisión de seguridad solo reconocen los certificados de verificación, no los certificados de calibración
La calibración no tiene validez legal; la autoridad de supervisión de seguridad no la reconoce. La verificación sí tiene validez legal; la autoridad de supervisión de seguridad la reconoce
Se necesita un certificado de verificación según las normas de metrología; en caso de no existir tales normas, se puede realizar una calibración
Desde mi punto de vista, basado en mi experiencia laboral (por favor, corrijanme si estoy equivocado), este problema está relacionado también con la diferencia entre verificación y calibración. Por lo general, cuando existen procedimientos de verificación y los resultados de dicha verificación se encuentran dentro de los límites establecidos, el instituto de metrología emite un certificado de verificación. Los instrumentos que no pasan la verificación no pueden seguir utilizándose. Pero si los resultados de las pruebas están fuera de los límites establecidos, pero aún así cumplen con los requisitos de uso del usuario, el instituto de metrología emite un certificado de calibración, y el usuario puede decidir si continúa utilizando el instrumento o no, según sus necesidades. En la práctica, hay muchos instrumentos electrónicos cuyos valores de medición superan los límites permitidos durante las pruebas de calibración. Sin embargo, después de realizar la calibración, dichos instrumentos vuelven a cumplir con los requisitos. En estos casos, es posible emitir un certificado de calibración. Por ejemplo, supongamos que existe una regla digital electrónica. El usuario requiere una precisión en el orden de los milímetros, pero la precisión real que ofrece es de 0,01 milímetro. Según las normas, un desvío de 0,01 mm significa que el instrumento no cumple con los requisitos. Pero para el usuario, quizás un desvío de 0,1 mm ya sea suficiente para satisfacer sus necesidades. En ese caso, se puede emitir un certificado de calibración para permitir su uso continuo. En general, los institutos de metrología no emiten dos certificados: o bien un certificado de verificación, o bien un certificado de calibración. El tipo de certificado que se necesite depende de las normativas de supervisión de seguridad. No obstante, tanto el certificado de calibración como el de verificación tienen validez legal.
El informe de certificación se envía a la autoridad de control de calidad para su aprobación, y posteriormente la autoridad de seguridad lo verifica.
Para determinar si los certificados de calibración y verificación tienen validez legal, es necesario comprobar si el organismo que realiza dicha calibración cuenta con la competencia legal necesaria.
El informe de certificación se envía a la autoridad de control de calidad para su aprobación, y posteriormente la autoridad de seguridad lo verifica.
Lo que se dijo arriba es más o menos correcto: el certificado de calibración es emitido por el instituto de metrología, y sirve para indicar si el reloj cumple con los requisitos o no. El certificado de calibración suele ser emitido por el fabricante del detector de alarmas; es decir, es un certificado que se emite después de que el propio fabricante realice la calibración. Aunque la calibración realizada por los fabricantes no necesariamente es peor que la de los institutos de metrología, debido a que son entidades diferentes las que emiten los certificados, en muchos lugares las autoridades de supervisión de seguridad solo reconocen los certificados de verificación emitidos por los institutos de metrología.