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¿Debería la distancia mínima entre los conductos de los instrumentos y el suelo cumplir con lo establecido en el punto 7.1.8 de la norma GB50093, según el cual la distancia entre los conductos y las capas aislantes de los equipos debe ser superior a 200 mm, y la distancia entre ellos y las superficies de otros equipos y conductos debe ser superior a 150 mm? En otras palabras, ¿la altura mínima respecto al suelo sería de 150 mm?
¿No se escribe la distancia con la tubería xx y el equipo? ¿Por qué puedes entender que se refiere a la distancia desde el suelo?
No he visto las normas correspondientes. No sé si allí existen documentos normativos al respecto
No existe una normativa al respecto; en algunos casos, los tubos para cables de los instrumentos pueden enterrarse en el suelo, pero es necesario realizar un tratamiento anticorrosivo adecuado. Por lo general, los tubos para cables deben cumplir con los requisitos mencionados anteriormente y, además, no deben obstaculizar el funcionamiento normal.
Sí, se sabe que se puede colocar en el suelo. Pero no es muy bueno colocar directamente el tubo del cable en el suelo y fijarlo con abrazaderas, ya que de esa manera estaría expuesto a la lluvia y a la acción de pequeñas cantidades de materiales
Los tubos de acero en el exterior se entierran en el suelo; en el interior no existe una norma obligatoria al respecto. Es necesario establecer las reglas para la disposición de los cables según las condiciones específicas del interior, además de tener en cuenta la posibilidad de detectar fácilmente cualquier problema con los cables en el futuro.
Quiero decir, ¿existen regulaciones relacionadas con las tuberías en el exterior? Tampoco se puede simplemente colocarlas en el suelo y fijarlas allí
No se puede sentarse directamente en el suelo; al menos se debe usar una barra de hierro de unos 40 centímetros para crear un soporte, de modo que quede a unos 6 centímetros del suelo. Así es como lo hago yo; de esa manera, no se ve afectado por la lluvia.