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Pido consejo a los expertos: En la sección 9.2.1 del estándar GB51156, para la detección de fugas en las áreas de instalaciones de procesamiento, en los canales de conducción de gas natural licuado y en los tanques de acumulación de gas natural licuado, es necesario instalar detectores de bajas temperaturas. ““Deber” significa una exigencia obligatoria. Pero, ¿en qué lugar se ubicará? No hay un rango específico establecido. Si en la zona de los equipos de procesamiento existe un canal para el flujo de líquidos, ¿acaso basta con instalar un sensor de temperatura baja en ese canal para cumplir con este requisito? Parece irracional, pero ¿acaso existe alguna normativa que exija datos concretos?
Uno que debería satisfacer los requisitos; en nuestra planta de licuefacción de GNL tenemos uno así. Está ubicado justo encima del tanque de recolección; la sonda es muy larga
Todos los sistemas se instalan en tanques de recolección, parece que así es como se hace en la industria. Me gustaría preguntar a los compañeros de la 2ª y 4ª planta: si se trata de la entrada al tanque de recolección, si en la zona de instalaciones hay canales para dirigir el líquido, entonces se puede colocar allí. Pero en los tanques de recolección de la zona de almacenamiento no hay tales canales. ¿Cómo lo hacen ustedes? ¿Basta con estar junto a la piscina? Quisiera preguntar a los compañeros del tercer piso: ¿lo tienen justo encima del tanque de recolección? ¿Cómo se configura? ¿Se coloca un poste arriba y se ata el detector a él? ¿No te parece que eso no es muy razonable?