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La última edición de este mensaje fue realizada por slll611 el 13-3-2016 a las 22:47. ¿Qué es la evaluación de la capacidad laboral? ¿Qué hacer si no se está de acuerdo con la evaluación? La definición que se encuentra en GBZT157-2009 “Terminología para el diagnóstico de enfermedades profesionales” es la siguiente: Es una conclusión a la que llegan los organismos encargados de evaluar la capacidad laboral, tras un examen médico, respecto al grado de discapacidad funcional (grado de incapacidad) y al grado de dificultad para realizar las actividades cotidianas por parte del trabajador, debido a lesiones sufridas en el marco de sus actividades profesionales o a enfermedades profesionales, de acuerdo con lo establecido en la legislación sobre seguros de accidentes laborales. La norma GB/T16180-2014 “Evaluación de la capacidad laboral: Grados de discapacidad por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales” define como sigue: es una evaluación técnica realizada por organismos competentes, según lo establecido en las leyes relacionadas con los seguros de accidentes de trabajo, para determinar el grado de discapacidad física y las dificultades para realizar las actividades cotidianas, a partir de exámenes médicos, tras que un trabajador sufra un accidente laboral o contraiga una enfermedad profesional. El artículo 22 del Reglamento sobre el Seguro de Accidentes de Trabajo define que la evaluación de la capacidad laboral consiste en la determinación del grado de discapacidad laboral y del grado de dificultad para realizar las actividades cotidianas por cuenta propia. La definición según Baidu Baike es la siguiente: La evaluación de la capacidad laboral se refiere a un proceso mediante el cual, tras una lesión sufrida en el trabajo o fuera del trabajo, o debido a una enfermedad, las instituciones encargadas de la evaluación determinan, según ciertos estándares y utilizando métodos y técnicas basados en políticas y conocimientos médicos y científicos, el grado de discapacidad del trabajador y el grado en que ha perdido su capacidad para trabajar. Es la base y condición previa para otorgar beneficios de seguro a los trabajadores lesionados, y también constituye un elemento importante en la gestión de los seguros de accidentes laborales. ¿Qué hacer si no se está de acuerdo con la evaluación? De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 26 del Reglamento sobre los seguros de accidentes laborales, la entidad o persona que solicita la evaluación puede, si no está de acuerdo con la conclusión a la que llegue el comité municipal encargado de la evaluación de la capacidad laboral, presentar una solicitud de reevaluación ante el comité provincial, autónomo o municipal correspondiente, dentro de los 15 días siguientes a la recepción de dicha conclusión. La conclusión sobre la capacidad laboral emitida por los comités de evaluación de la capacidad laboral de las provincias, regiones autónomas y ciudades directamente bajo el gobierno central constituye la conclusión definitiva.
La evaluación de la capacidad laboral consiste en determinar el grado de discapacidad laboral y el grado de dificultad para realizar las actividades cotidianas por cuenta propia. Se puede solicitar una nueva evaluación ante el comité encargado de dicha evaluación, en la provincia, región autónoma o ciudad directamente bajo el gobierno central, dentro de los 15 días siguientes a la recepción del informe de evaluación. La conclusión sobre la capacidad laboral emitida por los comités de evaluación de la capacidad laboral de las provincias, regiones autónomas y ciudades directamente bajo el gobierno central constituye la conclusión definitiva.
La evaluación de la capacidad laboral se refiere a un proceso de evaluación integral que realizan las instituciones especializadas en este área, basándose en **estándares de evaluación y en métodos y técnicas relacionados con políticas y ciencias médicas**, para determinar el grado de discapacidad y la medida en que una persona ha perdido su capacidad laboral, ya sea debido a lesiones ocurridas en el trabajo o por enfermedades. Es la base y condición previa para otorgar beneficios de seguro a los trabajadores lesionados, y también constituye un elemento importante en la gestión de los seguros de accidentes laborales. Las entidades o personas que solicitan la evaluación pueden, si no están de acuerdo con las conclusiones emitidas por el comité municipal encargado de la evaluación de la capacidad laboral, presentar una solicitud para que se realice una nueva evaluación ante el comité provincial correspondiente, dentro de los 15 días siguientes a la recepción de las conclusiones. La conclusión sobre la capacidad laboral emitida por el Comité Provincial de Evaluación de la Capacidad Laboral es la conclusión definitiva. Si el solicitante tarda más de 15 días en presentar su solicitud ante el comité superior encargado de la evaluación de la capacidad laboral, este último puede rechazarla por considerar que se ha excedido el plazo establecido. Al mismo tiempo, las conclusiones del comité de evaluación de la capacidad laboral son incontestables.
La evaluación de la capacidad laboral se refiere a un proceso de evaluación integral que realizan las instituciones especializadas en este área, basándose en **estándares de evaluación y en métodos y técnicas relacionados con políticas y ciencias médicas**, para determinar el grado de discapacidad y la medida en que una persona ha perdido su capacidad laboral, ya sea debido a lesiones ocurridas en el trabajo o por enfermedades. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 26 del Reglamento sobre los seguros de accidentes laborales, la entidad o persona que solicita la evaluación puede, si no está de acuerdo con la conclusión a la que llegue el comité municipal encargado de la evaluación de la capacidad laboral, presentar una solicitud de reevaluación ante el comité provincial, autónomo o municipal correspondiente, dentro de los 15 días siguientes a la recepción de dicha conclusión. La conclusión sobre la capacidad laboral emitida por los comités de evaluación de la capacidad laboral de las provincias, regiones autónomas y ciudades directamente bajo el gobierno central constituye la conclusión definitiva.
¿Qué es la evaluación de la capacidad laboral? ¿Qué hacer si no se está de acuerdo con la evaluación? La evaluación de la capacidad laboral consiste en que las instituciones encargadas de esta evaluación determinen, según lo establecido en la legislación sobre seguros de accidentes laborales, el grado de discapacidad física y las dificultades para realizar las actividades cotidianas, a través de exámenes médicos, después de que un trabajador sufra una lesión o contraiga una enfermedad profesional en el marco de sus actividades laborales. Si no se está de acuerdo con el resultado de la evaluación, según lo dispuesto en el artículo 26 del Reglamento sobre Seguro de Accidentes de Trabajo, la entidad o persona que solicitó la evaluación puede presentar una solicitud para que se realice una nueva evaluación ante el comité provincial, regional o municipal encargado de evaluar la capacidad laboral, dentro de los 15 días siguientes a la recepción del resultado de la evaluación inicial. La conclusión sobre la capacidad laboral emitida por los comités de evaluación de la capacidad laboral de las provincias, regiones autónomas y ciudades directamente bajo el gobierno central constituye la conclusión definitiva.
La evaluación de la capacidad laboral se refiere a la determinación del grado de discapacidad en las actividades laborales y del grado de dificultad para realizar las tareas cotidianas por cuenta propia. Las discapacidades laborales se dividen en diez grados de discapacidad; el más grave es el grado uno, y el más leve es el grado diez. Las dificultades para cuidar de sí mismo se dividen en tres niveles: incapacidad total para cuidar de sí mismo, incapacidad parcial para cuidar de sí mismo y capacidad limitada para cuidar de sí mismo. Cuando un empleado sufre una lesión laboral y, tras recibir tratamiento, su condición se estabiliza pero queda con discapacidades que afectan su capacidad para trabajar, es necesario realizar una evaluación de su capacidad laboral. Los solicitantes para la evaluación de la capacidad laboral son: 1) la empresa empleadora; 2) el propio trabajador lesionado o sus familiares directos; 3) las organizaciones sindicales. Las entidades o personas que solicitan la evaluación pueden, si no están de acuerdo con las conclusiones emitidas por el comité municipal encargado de la evaluación de la capacidad laboral, presentar una solicitud para que se realice una nueva evaluación ante el comité provincial correspondiente, dentro de los 15 días siguientes a la recepción de las conclusiones. La conclusión sobre la capacidad laboral emitida por el Comité Provincial de Evaluación de la Capacidad Laboral es la conclusión definitiva. Si el solicitante tarda más de 15 días en presentar su solicitud ante el comité superior encargado de la evaluación de la capacidad laboral, este último puede rechazarla por considerar que se ha excedido el plazo establecido. Al mismo tiempo, las conclusiones del comité de evaluación de la capacidad laboral son incontestables.
I. La evaluación de la capacidad laboral se realiza un año después de que se emita el dictamen sobre dicha capacidad. En ese caso, el trabajador lesionado o sus familiares directos, así como su empleador o la entidad encargada de gestionar el asunto, pueden solicitar una nueva evaluación al comité encargado de determinar la capacidad laboral. El comité procede a realizar la evaluación según los **estándares establecidos**, y emite un nuevo dictamen al respecto. En los casos en que un empleado necesite someterse a una evaluación de su capacidad laboral por motivos relacionados con el trabajo o con enfermedades, la empresa empleadora debe organizar dicha evaluación dentro del plazo establecido. Además, debe presentar una solicitud por escrito ante el comité encargado de las evaluaciones laborales, completando el formulario correspondiente. Si la empresa no presenta la solicitud, los empleados y sus familiares pueden hacerla, y el comité de evaluación laboral no puede negársela. II. ¿Qué hacer si no se está de acuerdo con la evaluación de la capacidad laboral? Según lo dispuesto en el Reglamento sobre indemnizaciones por accidentes de trabajo, la evaluación de la capacidad laboral la realiza el comité municipal encargado de ello ; Quienes no estén de acuerdo con este dictamen de evaluación pueden presentar una solicitud para que se realice una nueva evaluación ante el comité provincial, autonómico o municipal encargado de la evaluación de la capacidad laboral, dentro de los 15 días siguientes a la recepción del dictamen. La conclusión sobre la capacidad laboral emitida por los comités de evaluación de la capacidad laboral de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente bajo el gobierno central constituye la conclusión final.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 26 del Reglamento sobre los seguros de accidentes laborales, la entidad o persona que solicita la evaluación puede, si no está de acuerdo con la conclusión a la que llegue el comité municipal encargado de la evaluación de la capacidad laboral, presentar una solicitud de reevaluación ante el comité provincial, autónomo o municipal correspondiente, dentro de los 15 días siguientes a la recepción de dicha conclusión. La conclusión sobre la capacidad laboral emitida por los comités de evaluación de la capacidad laboral de las provincias, regiones autónomas y ciudades directamente bajo el gobierno central constituye la conclusión final
La evaluación de la capacidad laboral se refiere a un proceso de evaluación integral que realizan las instituciones especializadas en este área, basándose en **estándares de evaluación y en métodos y técnicas relacionados con políticas y ciencias médicas**, para determinar el grado de discapacidad y la medida en que una persona ha perdido su capacidad laboral, ya sea debido a lesiones ocurridas en el trabajo o por enfermedades. Es la base y condición previa para otorgar beneficios de seguro a los trabajadores lesionados, y también constituye un elemento importante en la gestión de los seguros de accidentes laborales. Si no se está de acuerdo con la evaluación, se puede solicitar un arbitraje.
La evaluación de la capacidad laboral se refiere a un proceso de evaluación integral que realizan las instituciones especializadas en este área, basándose en **estándares de evaluación y en métodos y técnicas relacionados con políticas y ciencias médicas**, para determinar el grado de discapacidad y la medida en que una persona ha perdido su capacidad laboral, ya sea debido a lesiones ocurridas en el trabajo o por enfermedades. Si la parte interesada no está de acuerdo con el resultado de la evaluación de su capacidad laboral, por un lado puede solicitar una nueva evaluación y, por otro lado, tiene derecho a pedir una revisión del mismo.
La evaluación de la capacidad laboral se refiere a un proceso de evaluación integral que realizan las instituciones especializadas en este área, basándose en **estándares de evaluación y en métodos y técnicas relacionados con políticas y ciencias médicas**, para determinar el grado de discapacidad y la medida en que una persona ha perdido su capacidad laboral, ya sea debido a lesiones ocurridas en el trabajo o por enfermedades. Es la base y condición previa para otorgar beneficios de seguro a los trabajadores lesionados, y también constituye un elemento importante en la gestión de los seguros de accidentes laborales. Las entidades o personas que solicitan la evaluación pueden, si no están de acuerdo con las conclusiones emitidas por el comité municipal encargado de la evaluación de la capacidad laboral, presentar una solicitud para que se realice una nueva evaluación ante el comité provincial correspondiente, dentro de los 15 días siguientes a la recepción de las conclusiones. La conclusión sobre la capacidad laboral emitida por el Comité Provincial de Evaluación de la Capacidad Laboral es la conclusión definitiva. Si el solicitante tarda más de 15 días en presentar su solicitud ante el comité superior encargado de la evaluación de la capacidad laboral, este último puede rechazarla por considerar que se ha excedido el plazo establecido. Al mismo tiempo, las conclusiones del comité de evaluación de la capacidad laboral son incontestables.