Thread Content
Documento de la Oficina del Ministerio de Protección del Medio Ambiente: Circular n.º 16 sobre los asuntos relacionados con la encarga hecha por el Ministerio de Protección del Medio Ambiente para la elaboración de informes de inspección y monitoreo relacionados con la protección ambiental tras la finalización de una obra. A todas las unidades interesadas: De acuerdo con lo dispuesto en la “Decisión del Consejo de Estado sobre la eliminación y regulación de 89 servicios intermediarios relacionados con los procedimientos administrativos de los departamentos del Consejo de Estado” (Guo Fa [2015] N.º 58), a partir del 1 de marzo de 2016, ya no se exigirá que las empresas constructoras presenten informes de inspección o monitoreo relacionados con la protección ambiental. En su lugar, el Ministerio de Protección del Medio Ambiente encargará a instituciones especializadas que realicen dichas inspecciones y mediciones. Los costos correspondientes se incluirán en el presupuesto fiscal. Con el fin de llevar a cabo adecuadamente las tareas correspondientes, se notifican a continuación los puntos relevantes: Primero, una vez finalizado el proyecto de construcción, la entidad responsable debe presentar una solicitud de inspección o monitoreo de cumplimiento ante el Ministerio de Protección del Medio Ambiente. Además, debe entregar un informe sobre el cumplimiento de los requisitos relacionados con la protección ambiental durante la ejecución del proyecto, así como pruebas que demuestren la divulgación de la información correspondiente. Se solicita una inspección de verificación para los proyectos de construcción cuyo principal impacto es ecológico, como los relacionados con la agricultura, silvicultura y recursos hídricos, el transporte, la extracción minera y las áreas sociales (en lo sucesivo, proyectos ecológicos). Los proyectos de construcción cuya principal actividad es la emisión de contaminantes (en lo sucesivo, proyectos contaminantes) solicitan la realización de pruebas de verificación. II. El Ministerio de Protección del Medio Ambiente encarga al Centro de Evaluación de Ingeniería Ambiental del mismo ministerio, así como a la Estación General de Monitoreo Ambiental de China (en lo sucesivo, las “entidades encargadas de la revisión técnica”), que se ocupen respectivamente de la revisión preliminar de los documentos presentados para proyectos relacionados con el medio ambiente y aquellos relacionados con la contaminación. Los aspectos principales que se evalúan son: si los documentos presentados están completos y cumplen con los requisitos establecidos; si hay cambios significativos en el proyecto de construcción; si se han seguido los procedimientos necesarios para realizar modificaciones en la evaluación ambiental; si se han implementado las medidas de protección ambiental necesarias; y si la información relevante se ha hecho pública. III. La entidad encargada de la revisión técnica debe completar la evaluación preliminar en un plazo de cinco días hábiles, determinar la entidad responsable de las inspecciones o del monitoreo, y calcular los costos operativos necesarios. La unidad encargada de las inspecciones de aceptación determina, según la categoría industrial del proyecto de construcción y en orden de recepción, a las unidades que serán sometidas a inspección ; La unidad encargada de la supervisión de la aceptación se determina, según la región administrativa donde se encuentra el proyecto de construcción, entre las unidades registradas para dicha supervisión. La entidad encargada de elaborar la evaluación ambiental de un proyecto de construcción no puede llevar a cabo también la investigación de verificación de dicho proyecto. IV. Una vez que la unidad encargada de las inspecciones de aceptación o de la supervisión de dichas inspecciones acepte el encargo, debe firmar un contrato de trabajo. De acuerdo con las condiciones establecidas en dicho contrato, se llevarán a cabo las inspecciones o la supervisión correspondientes. No se permite subcontratar ni delegar tareas a terceros. Tampoco se permite ocultar información ni presentar documentos falsos o datos inventados. La gestión y uso de los fondos destinados a las actividades por encargo se rige según las disposiciones vigentes relativas a los fondos financieros especiales. V. Durante las investigaciones o monitoreos de aceptación, la entidad responsable de la construcción debe cooperar activamente con las entidades encargadas de dichas tareas, proporcionando de manera veraz toda la información relacionada con el cumplimiento de los requisitos ambientales en el proyecto de construcción. VI. La unidad encargada de la inspección de aceptación o de la supervisión de dicha aceptación debe llevar a cabo sus tareas de acuerdo con las normas técnicas establecidas para dichas inspecciones o supervisiones. Salvo en el caso de proyectos especialmente importantes, sensibles y complejos, el informe de inspección de aceptación o el informe de supervisión debería estar listo dentro de los tres meses desde la fecha en que se reciba el encargo. El informe de investigación de aceptación o el informe de monitoreo de aceptación debe reflejar de manera completa y objetiva la situación de construcción del proyecto, así como la implementación de las medidas de protección ambiental, y debe presentar conclusiones y recomendaciones claras. VII. La entidad encargada de la revisión técnica examina el informe de investigación de aceptación o el informe de monitoreo de aceptación, evalúa la calidad de dichos informes y formula sus opiniones al respecto. Dicho informe debe ser enviado al Ministerio de Protección del Medio Ambiente dentro de 20 días hábiles; además, se envía una copia a la entidad responsable de la construcción, así como a la entidad encargada de la investigación de aceptación o de la monitoreo de aceptación. Las opiniones de la revisión técnica deben indicar claramente si el proyecto de construcción cumple con las condiciones para su aceptación, y si la calidad del informe de inspección o del informe de monitoreo es adecuada según los requisitos de las normas técnicas. VIII. En el caso de los proyectos de construcción que cumplen con las condiciones de aceptación, el Ministerio de Protección del Medio Ambiente notifica a la empresa constructora que debe presentar formalmente la solicitud de evaluación de la protección ambiental al finalizar la construcción ; A los proyectos de construcción que no cumplen con las condiciones de aceptación, se les notifica a la entidad responsable que realice las correcciones necesarias de acuerdo con las observaciones del examen técnico. IX. En caso de que la entidad responsable de la construcción no coopere, lo que impida que se realicen adecuadamente las inspecciones o mediciones de verificación, o si proporciona información falsa, el Ministerio de Protección del Medio Ambiente suspenderá los procedimientos de inspección o medición. Las consecuencias legales derivadas de esto recaerán sobre la entidad responsable de la construcción. Las entidades de revisión técnica y el personal relacionado que acepten indebidamente honorarios por consultoría, evaluación o servicios de expertos serán sancionados según la gravedad del caso. Si la unidad encargada de la inspección de aceptación o de la supervisión de dicha aceptación comete alguna de las siguientes conductas, será excluida del proceso, se rescindirá el contrato de encargo y se recuperarán los fondos asignados para esa tarea. 1) Negarse, sin motivo justificado, a llevar a cabo las tareas de inspección o monitoreo relacionadas con la aceptación ; (II) Aquellos que no presentan el informe de inspección de aceptación o el informe de monitoreo de aceptación dentro del plazo establecido ; (III) Las conclusiones del informe de inspección de aceptación o del informe de monitoreo de aceptación son erróneas, o bien la calidad del producto fue calificada como deficiente en 2 ocasiones o más durante el año ; (IV) Aquellos que cobran indebidamente fondos de las entidades constructoras.