**Reglamentos provisionales para la supervisión y gestión de fuentes de peligro significativas relacionadas con productos químicos (Publicados el 5 de agosto de 2011, mediante el Decreto N.º 40 de la Administración General de Supervisión de Seguridad. Modificados el 27 de mayo de 2015, mediante el Decreto N.º 79 de la misma administración). Capítulo I: Disposiciones generales. Artículo 1: Con el fin de fortalecer la supervisión y gestión de seguridad de las fuentes de peligro significativas relacionadas con productos químicos, prevenir y reducir los accidentes relacionados con dichos productos, así como proteger la vida y los bienes de las personas, se establecen estos reglamentos de acuerdo con la Ley de Seguridad en el Trabajo de la República Popular China y el Reglamento sobre la Gestión de Seguridad de Productos Químicos, entre otras leyes y regulaciones administrativas aplicables. Artículo 2: Estas disposiciones se aplican a la identificación, evaluación, registro y archivo, así como al control y supervisión de las fuentes de peligro significativas relacionadas con los **químicos**, en las unidades que se dedican a la producción, almacenamiento, uso y manejo de **químicos** (en lo sucesivo, denominadas “unidades de químicos”). La supervisión y gestión de la seguridad relacionada con el gas urbano, las **fuentes de peligro químico importantes utilizadas en la investigación y producción para fines de defensa**, así como las **fuentes de peligro químico importantes dentro de los puertos**, no están sujetas a estas disposiciones. Artículo 3. Por “fuentes de peligro significativas relacionadas con productos químicos” (en lo sucesivo, “fuentes de peligro significativas”), se entienden aquellas unidades (incluidos lugares e instalaciones) en las que la cantidad de productos químicos producidos, almacenados, utilizados o transportados es igual o superior a la cantidad crítica, según lo establecido en la norma “Identificación de fuentes de peligro significativas relacionadas con productos químicos” (GB18218). Artículo cuarto: **La unidad encargada de los productos químicos es la entidad responsable de la gestión de la seguridad de las fuentes de peligro significativas que existen en dicha unidad. Su responsable principal es el encargado de gestionar la seguridad de esas fuentes de peligro, y debe garantizar la inversión necesaria para asegurar una producción segura.** Artículo 5: La supervisión y gestión de la seguridad de las fuentes de peligro significativos se rige por el principio de combinación entre la supervisión a nivel local y la gestión por niveles. Los departamentos locales de supervisión y gestión de la seguridad en el trabajo, a nivel de condado o superior, se encargan de supervisar y gestionar la seguridad de las fuentes de peligro significativas dentro de su área de competencia, de acuerdo con las leyes, regulaciones, estándares y disposiciones aplicables. Artículo 6. **Se fomenta** que las empresas químicas utilicen procesos, tecnologías, equipos y sistemas de control automático avanzados y adecuados, que contribuyan a mejorar el nivel de seguridad en las fuentes de peligro significativos. De esta manera, se promueve la digitalización de la supervisión de la seguridad en dichas fuentes por parte de los organismos encargados de la supervisión de la seguridad en el trabajo. Capítulo 2: Identificación y evaluación. Artículo 7: **Las unidades que manejan sustancias químicas deben, de acuerdo con las normas establecidas en “Identificación de fuentes de peligro significativas relacionadas con sustancias químicas”, identificar las fuentes de peligro significativas en sus instalaciones, equipos o lugares donde se producen, almacenan o utilizan dichas sustancias. Además, deben registrar el proceso y los resultados de dicha identificación. Artículo 8: **Las empresas que manejan productos químicos deben realizar una evaluación de seguridad de las fuentes de peligro significativos y determinar su nivel de riesgo.** **Las unidades químicas pueden organizar a sus ingenieros de seguridad certificados o a sus técnicos para que realicen la evaluación de seguridad, o bien pueden contratar a expertos en la materia. También pueden encargar la evaluación de seguridad a instituciones especializadas que cuenten con las cualificaciones necesarias. De acuerdo con las disposiciones de las leyes y regulaciones administrativas, **las empresas que manejan productos químicos y que deben realizar evaluaciones de seguridad, pueden llevar a cabo la evaluación de seguridad de los focos de peligro significativos junto con la evaluación de seguridad de su propia empresa. En ese caso, el informe de evaluación de seguridad puede sustituir al informe específico para los focos de peligro significativos. También es posible realizar la evaluación de seguridad de los focos de peligro significativos de forma independiente. Las fuentes de peligro significativos se clasifican en nivel uno, nivel dos, nivel tres y nivel cuatro, según su grado de peligrosidad; el nivel uno es el más alto. El método de clasificación de fuentes de peligro significativas se indica en el Anexo 1 de estas disposiciones. Artículo 9: Cuando una fuente de peligro significativo presente alguna de las siguientes situaciones, se debe encargar a una institución especializada en evaluación de seguridad, que cuente con las cualificaciones adecuadas, que realice una evaluación de seguridad utilizando métodos de evaluación cuantitativa del riesgo, de acuerdo con las normas correspondientes. De esta manera, se podrán determinar los valores de riesgo para las personas y la sociedad. (i) Cuando se trate de una fuente de peligro de nivel uno o dos, y la cantidad real de gases tóxicos presentes sea tal que su relación con la cantidad crítica establecida en las “Normas para la identificación de fuentes de peligro químico” sea igual o mayor que 1 ; (II) Constituyen fuentes de peligro grave de primer nivel, y la suma de la cantidad real presente (en línea) de los productos explosivos o gases inflamables licuados y la cantidad crítica establecida en las “Directrices para la identificación de fuentes de peligro grave relacionadas con químicos” es igual o mayor que 1. Artículo 10. El informe de evaluación de la seguridad de las fuentes de peligro significativo debe ser objetivo y justo, con datos precisos, contenido completo, conclusiones claras y medidas viables. Además, debe incluir lo siguiente: (i) Las principales bases para la evaluación ; (II) Información básica sobre las fuentes de peligro significativas ; (III) Probabilidad de ocurrencia del accidente y grado de gravedad de sus consecuencias ; (IV) Valor del riesgo individual y del riesgo social (solo aplica al método de evaluación cuantitativa del riesgo) ; (V) Lugares y personas cercanos que podrían verse afectados por el accidente ; VI. Análisis de conformidad en la identificación y clasificación de fuentes de peligro significativas ; VII) Medidas de gestión de la seguridad, tecnologías de seguridad y medidas de supervisión ; (VIII) Medidas de emergencia en caso de accidentes ; IX) Conclusiones de la evaluación y recomendaciones. **En los casos en que la unidad química utilice un informe de evaluación de seguridad en lugar de un informe de evaluación de riesgos, los contenidos relacionados con las fuentes de peligro significativos en dicho informe de evaluación de seguridad deben cumplir con los requisitos establecidos en el primer párrafo de este artículo. Artículo 11: En los siguientes casos, la empresa que maneja sustancias químicas debe realizar nuevamente la identificación, la evaluación de seguridad y la clasificación de las fuentes de peligro significativos: (i) Cuando haya transcurrido tres años desde la última evaluación de seguridad de dichas fuentes de peligro ; (II) Construcción, reforma o ampliación de dispositivos, instalaciones o lugares que constituyen fuentes de peligro significativo ; (III) **Cuando hay cambios en el tipo y cantidad de productos químicos, en los procesos de producción y uso, o en las formas de almacenamiento, así como en los equipos e instalaciones importantes; esto puede afectar el nivel de peligro o el grado de riesgo asociado a dichas fuentes de peligro.** ; (IV) Cambios en los factores del entorno de seguridad en la producción externa, que afectan el nivel de las fuentes de peligro significativos y el grado de riesgo ; (V) Ocurre un **accidente con sustancias químicas que provoca muertes, o heridas en más de 10 personas, o que afecta la seguridad pública** ; VI) Se producen cambios en las **normas y estándares del sector** relacionados con la identificación de fuentes de peligro significativas y la evaluación de su seguridad. Capítulo 3: Gestión de la seguridad. Artículo 12: **Las empresas que trabajan con sustancias químicas deben establecer reglamentos y procedimientos adecuados para la gestión de los riesgos relacionados con estas sustancias, así como medidas efectivas para garantizar su cumplimiento.** Artículo 13. **Las unidades que manejan sustancias químicas deben establecer un sistema de monitoreo y control de la seguridad, de acuerdo con las características reales de dichas sustancias, como su tipo, cantidad, procesos de producción y uso, así como los equipos e instalaciones relacionados. Este sistema debe cumplir con los siguientes requisitos: a) Las fuentes de peligro significativo deben contar con sistemas para la recolección y monitoreo continuo de información sobre temperatura, presión, nivel de líquidos, caudal y composición de las sustancias. Además, deben disponer de dispositivos de detección y alarma para fugas de gases inflamables y tóxicos. Estos sistemas también deben permitir la transmisión remota de información, el registro continuo de datos, la alerta ante accidentes y el almacenamiento de información.** ; Fuentes de peligro grave de nivel uno o dos, con función de parada de emergencia. El plazo de conservación de los datos electrónicos registrados es de al menos 30 días ; (II) Sistemas de control automatizados en las instalaciones de producción química que representan fuentes de peligro significativo, y que cumplen con los requisitos de seguridad en la producción ; Fuentes de peligro grave de nivel uno o dos, equipadas con sistemas de parada de emergencia ; (III) En las instalaciones críticas que contienen gases tóxicos, **líquidos y gases inflamables, entre otros, se deben instalar dispositivos de corte de emergencia ; En las instalaciones que manejan gases tóxicos, se deben instalar dispositivos para la gestión de emergencias en caso de fugas. Para fuentes de peligro grave de primer o segundo nivel que involucren gases tóxicos, gases licuados o líquidos, se debe contar con un sistema independiente de instrumentación de seguridad (SIS) ; (IV) En los lugares o instalaciones donde se almacenan sustancias peligrosas, se debe instalar un sistema de vigilancia por video ; (V) El sistema de monitoreo y control de seguridad cumple con las **normas o requisitos de la industria**. Artículo 14: Los valores de riesgo individual y social asociados a las fuentes de peligro significativas, determinados mediante una evaluación cuantitativa del riesgo, no deben superar los límites de riesgo aceptable para individuos y sociedades que se indican en el Anexo 2 de estas disposiciones. Cuando los niveles de riesgo superen los límites aceptables para el individuo y la sociedad, **la empresa que maneja las sustancias químicas debe tomar las medidas adecuadas para reducir ese riesgo**. Artículo 15: Las unidades que manejan productos químicos deben, de acuerdo con las normativas aplicables, realizar inspecciones periódicas a las instalaciones de seguridad y a los sistemas de monitoreo relacionados con los peligros significativos. Además, deben llevar a cabo mantenimiento regular para garantizar que dichas instalaciones y sistemas funcionen de manera eficaz y fiable. Los registros de mantenimiento, conservación y pruebas deben realizarse debidamente, y ser firmados por el personal correspondiente. Artículo 16: **Las empresas que manejan sustancias químicas deben designar a las personas o entidades responsables de los equipos y áreas críticas que constituyen fuentes de peligro significativo. Además, deben realizar inspecciones periódicas para evaluar la situación de seguridad en dichas fuentes de peligro, y tomar medidas oportunas para eliminar los riesgos potenciales de accidentes.** En los casos en que los riesgos derivados de un accidente no puedan eliminarse de inmediato, es necesario elaborar con prontitud un plan de acción para abordarlos, definiendo las medidas correctivas, las responsabilidades, los recursos financieros, los plazos y los planes de emergencia. Artículo 17: **Las empresas que trabajan con sustancias químicas deben capacitar a los empleados encargados de la gestión y operación de fuentes de peligro significativos en habilidades de operación segura. De esta manera, estos empleados podrán comprender las características peligrosas de dichas fuentes, conocer las normas y procedimientos de seguridad relacionados con su manejo, y dominar las habilidades necesarias para operar de forma segura, así como las medidas de emergencia que deben tomar.** Artículo 18: **Las empresas que manejan productos químicos deben colocar señales de advertencia claras en los lugares donde se encuentran fuentes de peligro significativo. En dichas señales debe indicarse cómo actuar en situaciones de emergencia.** Artículo 19: **Las empresas que manejan sustancias químicas deben informar, de manera adecuada, a las empresas, áreas y personas que puedan verse afectadas, sobre las posibles consecuencias de accidentes en los sitios donde se encuentran fuentes de peligro significativo, así como sobre las medidas de emergencia que deben tomarse.** Artículo 20 **Las unidades que trabajan con sustancias químicas deben elaborar, de conformidad con la ley, planes de emergencia para hacer frente a accidentes relacionados con fuentes de peligro significativo. Deben establecer organizaciones encargadas de las operaciones de rescate o contar con personal especializado en este área. Además, deben disponer del equipo de protección necesario, así como de los materiales y dispositivos necesarios para las operaciones de rescate. Todo esto debe estar en buen estado y listo para ser utilizado en caso de emergencia.** ; Colaborar con los departamentos locales de supervisión y gestión de la seguridad en el trabajo para elaborar planes de emergencia relacionados con accidentes químicos en la zona, que afecten a la propia empresa. En los casos en que existen fuentes de peligro significativas debido a la presencia de gases tóxicos y dañinos inhalables, **las empresas químicas deben contar con equipos portátiles para detectar concentraciones, respiradores, trajes de protección química, así como otros equipos y materiales de emergencia para hacer frente a tales situaciones** ; En el caso de fuentes de peligro significativas relacionadas con **gases**, también se deben disponer de dos o más trajes de protección química herméticos (incluido este) ; En los casos en que se trate de fuentes de peligro significativo relacionadas con gases inflamables y explosivos o vapores de líquidos inflamables, también es necesario contar con una cantidad adecuada de equipos portátiles para la detección de gases combustibles. Artículo 21 **Las empresas que manejan sustancias químicas deben elaborar planes de simulación para situaciones de emergencia relacionadas con fuentes de peligro significativas. Dichas simulaciones deben realizarse de acuerdo con los siguientes requisitos: (i) En el caso de los planes de emergencia específicos para fuentes de peligro significativas, estas simulaciones deben llevarse a cabo al menos una vez al año.** ; (II) El plan de acción para la gestión in situ de fuentes de peligro significativas debe ser revisado al menos una vez cada seis meses. Una vez finalizada la simulación del plan de emergencia, **la empresa que maneja productos químicos debe evaluar los resultados de dicha simulación, elaborar un informe de evaluación, analizar los problemas existentes, proponer modificaciones al plan de emergencia y llevar a cabo las correcciones necesarias a la mayor brevedad. Artículo 22: **Las empresas que trabajan con sustancias químicas deben registrar y archivar de manera oportuna y detallada todos los riesgos importantes que hayan sido identificados.** El expediente de las fuentes de peligro significativas debe incluir los siguientes documentos y materiales: (i) registros de identificación y clasificación ; (II) Tabla de características básicas de las fuentes de peligro significativas ; (III) Instrucciones técnicas de seguridad para todas las sustancias químicas involucradas ; (IV) Mapa de ubicación regional, plano de distribución, diagrama del proceso industrial y lista de los equipos principales ; (V) Reglamentos de gestión de fuentes de peligro significativas y procedimientos operativos de seguridad ; VI) Sistema de monitoreo y control de la seguridad, descripción de las medidas, resultados de las pruebas y inspecciones ; VII) Planes de emergencia para accidentes relacionados con fuentes de peligro significativas, opiniones de evaluación, planes de simulacros e informes de evaluación ; (VIII) Informe de evaluación de seguridad o informe de análisis de seguridad ; IX) Nombres de las personas responsables y de las entidades responsables por los dispositivos clave y las áreas críticas relacionadas con fuentes de peligro significativas ; X) Situación de instalación de señales de advertencia para lugares con fuentes de peligro significativas ; XI) Otros documentos y materiales. Artículo 23: **Dentro de los 15 días siguientes a la finalización del informe de evaluación de seguridad de las fuentes de peligro significativos, o del informe de evaluación de seguridad en general, la empresa que maneja dichas sustancias químicas debe completar el formulario de solicitud de registro de dichas fuentes de peligro. Dicho formulario, junto con los documentos relacionados con las fuentes de peligro significativos que se indican en el artículo 22 de estas normas (siendo que para los documentos mencionados en el punto 5 del párrafo segundo solo es necesario presentar una lista), deben ser entregados al departamento encargado de la supervisión y gestión de la seguridad en la producción, a nivel municipal, donde se encuentra la empresa.** Los departamentos de supervisión y gestión de la seguridad en el trabajo a nivel de condado deben presentar, cada trimestre, los documentos relacionados con las fuentes de peligro de nivel uno y dos que se encuentran en su área de jurisdicción, ante los departamentos de supervisión y gestión de la seguridad en el trabajo a nivel municipal. Los departamentos provinciales de supervisión y gestión de la seguridad en el trabajo deben presentar, cada seis meses, los documentos relacionados con las fuentes de peligro de alto nivel que se encuentran dentro de su jurisdicción, a los departamentos estatales encargados de la misma tarea. Cuando una fuente de peligro significativo presente alguna de las situaciones enumeradas en el artículo 11 de estas disposiciones, la empresa que maneja productos químicos debe actualizar sus registros de inmediato y presentarlos nuevamente ante el departamento encargado de la supervisión y gestión de la seguridad en el trabajo a nivel municipal. Artículo 24: **Construcción, reforma y ampliación de instalaciones para productos químicos**. Las empresas que se dedican a la construcción de proyectos relacionados con productos químicos deben completar, antes de la finalización de dichos proyectos, la identificación de las fuentes de peligro significativos, la evaluación de seguridad y su clasificación. Además, deben registrar toda esta información en los archivos correspondientes, y notificarlo a la autoridad local encargada de la supervisión de la seguridad en el trabajo. Capítulo Cuarto: Supervisión e inspección. Artículo 25: Los departamentos de supervisión y gestión de la seguridad en el trabajo a nivel de condado deben establecer un sistema eficaz para gestionar las fuentes de peligro significativas relacionadas con los productos químicos. Deben asignar responsables claros y asegurarse de que se archiven adecuadamente todos los documentos relacionados con esto. Artículo 26: Los departamentos de supervisión y gestión de la seguridad en el trabajo a nivel de condado deben, antes del 15 de enero de cada año, enviar información resumida sobre las fuentes de peligro significativas que existen en su área de jurisdicción durante el año anterior, a los departamentos correspondientes a nivel municipal. Los departamentos provinciales de supervisión y gestión de la seguridad en el trabajo deben, antes del 31 de enero de cada año, enviar información resumida sobre las fuentes de peligro importantes que existen en su área de competencia, al departamento provincial correspondiente. Los departamentos provinciales de supervisión y gestión de la seguridad en el trabajo deben enviar, antes del 15 de febrero de cada año, la información resumida sobre las fuentes de peligro importantes existentes en su jurisdicción durante el año anterior, a la Dirección General de Supervisión y Gestión de la Seguridad en el Trabajo. Artículo 27: Cuando una fuente de peligro significativo, tras haber sido sometida a una evaluación de seguridad, ya no constituye una fuente de peligro significativo, la empresa que maneja dichos productos químicos debe solicitar al departamento encargado de la supervisión y gestión de la seguridad en el nivel municipal donde se encuentra, que se proceda a su cancelación. Para solicitar la cancelación de una fuente de peligro importante, se deben presentar los siguientes documentos y información: (i) Una solicitud en la que se indiquen las razones para la cancelación ; (II) Nombre de la entidad, representante legal, dirección, persona de contacto y datos de contacto ; (III) Informe de evaluación de seguridad o informe de análisis de seguridad. Artículo 28: Los departamentos provinciales encargados de la supervisión y gestión de la seguridad en el trabajo deberán examinar los documentos y materiales presentados para su aprobación dentro de los 30 días siguientes a la recepción de los mismos. Si se cumplen los requisitos, se procederá a su aprobación y se emitirá un documento de confirmación ; A aquellos que no cumplan los requisitos, se les deberá indicar el motivo y comunicárselo por escrito a la entidad solicitante. Si es necesario, los departamentos de supervisión y gestión de la seguridad en el trabajo a nivel de condado deben contratar a expertos relevantes para que realicen inspecciones in situ. Artículo 29: Los departamentos de supervisión y gestión de la seguridad en el trabajo a nivel de condado deben enviar, cada trimestre, los documentos relacionados con la verificación de las fuentes de peligro de nivel uno y dos que se encuentran en su área de competencia, a los departamentos de supervisión y gestión de la seguridad en el trabajo a nivel municipal. Los departamentos provinciales de supervisión y gestión de la seguridad en el trabajo deben presentar, cada seis meses, los documentos relacionados con la verificación de las fuentes de peligro de alto nivel que se encuentran dentro de su jurisdicción, a los departamentos estatales encargados de la misma tarea. Artículo 30: Los departamentos encargados de la supervisión y gestión de la seguridad en el trabajo, a nivel provincial y superior, deben fortalecer la inspección y supervisión de las empresas que manejan sustancias químicas y que presentan riesgos significativos. Dichos departamentos deben asegurarse de que estas empresas identifiquen dichos riesgos, realicen evaluaciones de seguridad, clasifiquen los riesgos, registren toda la información relacionada con ellos, mantengan un registro actualizado, realicen monitoreo constante, elaboren planes de emergencia en caso de accidentes, y gestionen adecuadamente todos los aspectos relacionados con la seguridad. La primera inspección y supervisión de las fuentes de peligro significativas debe incluir los siguientes aspectos principales: (i) el estado de funcionamiento de las fuentes de peligro, así como la situación en cuanto a la formulación y aplicación de normas de gestión de seguridad y procedimientos operativos de seguridad ; (II) Identificación, clasificación, evaluación de seguridad, registro y archivo de las fuentes de peligro significativas, así como su situación en cuanto a la documentación correspondiente ; (III) Situación de monitoreo y control de las fuentes de peligro significativas ; (IV) Estado de inspección, verificación y mantenimiento de las instalaciones de seguridad y de los sistemas de monitoreo y control relacionados con las fuentes de peligro significativas ; V) Elaboración, revisión, registro, actualización y simulacros de los planes de emergencia para situaciones relacionadas con fuentes de peligro significativas ; VI) Información sobre la formación y capacitación en seguridad para los trabajadores ; (VII) Situación de la instalación de señales de seguridad ; VIII) Estado de dotación de equipos, dispositivos y materiales para emergencias ; IX. Estado de implementación de las medidas para la prevención y control de accidentes. Cuando los departamentos encargados de la supervisión y gestión de la seguridad en el trabajo detecten, durante sus inspecciones, que existen riesgos de accidente en fuentes de peligro significativas, deben ordenar que se eliminen dichos riesgos de inmediato ; Cuando no se pueda garantizar la seguridad antes o durante la eliminación de posibles riesgos graves, se debe ordenar que los trabajadores se retiren de la zona peligrosa, así como que se suspenda temporalmente la actividad o el uso de dicha área ; Una vez que se hayan eliminado los riesgos relacionados con accidentes graves, y tras la aprobación de los departamentos encargados de la supervisión de la seguridad en el trabajo, solo entonces se podrá reanudar la producción, las operaciones y el uso del equipo en cuestión. Artículo 31: Los departamentos encargados de la supervisión y gestión de la seguridad en el trabajo, a nivel de los condados y niveles superiores, deben trabajar en colaboración con los departamentos correspondientes del gobierno local para fortalecer la inspección y supervisión de las áreas donde se concentran fuentes de peligro significativas, como los parques industriales (químicos). De esta manera, se asegura que exista una distancia de seguridad adecuada entre estas fuentes de peligro y otros lugares importantes o sensibles, como las instalaciones empresariales vecinas, los barrios residenciales y los lugares con alta concentración de personas. Capítulo V: Responsabilidades legales. Artículo 32: **Si una empresa que maneja productos químicos comete alguna de las conductas mencionadas a continuación, el departamento encargado de la supervisión y gestión de la seguridad en el trabajo, a nivel municipal o superior, ordenará que se corrija dicha situación dentro de un plazo determinado. Además, se puede imponer una multa de hasta 100,000 yuanes.** ; En caso de que no se corrija la situación dentro del plazo establecido, se ordenará la suspensión de las actividades comerciales para realizar las correcciones necesarias. Además, se impondrá una multa de entre 100.000 y 200.000 yuanes. A los responsables directos y a otros empleados que tengan responsabilidad en este asunto, se les impondrá una multa de entre 20.000 y 50.000 yuanes ; En los casos en que se cometa un delito, se aplicarán las disposiciones pertinentes del código penal para hacer rendir cuentas a los responsables: (i) Cuando no se realice una evaluación de seguridad o una evaluación de riesgos en relación con las fuentes de peligro significativos, tal como lo exigen estas disposiciones ; (II) No se han registrado ni archivado los focos de peligro significativos, conforme a lo establecido en estas normas ; (III) No se ha realizado la supervisión y control de seguridad de las fuentes de peligro significativo, de acuerdo con las disposiciones de estas normas y los estándares relevantes ; (IV) Aquellos que no han elaborado un plan de emergencia para situaciones relacionadas con fuentes de peligro significativas. Artículo 33: **Si una empresa que maneja productos químicos comete alguna de las conductas siguientes, el departamento encargado de la supervisión y gestión de la seguridad en el trabajo, a nivel de condado o superior, ordenará que se corrija dicha situación dentro de un plazo determinado. Además, se puede imponer una multa de hasta 50.000 yuanes.** ; En caso de que no se corrija la situación dentro del plazo establecido, se impondrá una multa de 50.000 yuanes a 200.000 yuanes. A los responsables directos y a otros individuos que tengan responsabilidad directa en este asunto, se les impondrá una multa de 10.000 yuanes a 20.000 yuanes ; En los casos graves, se ordena la suspensión de las actividades para realizar las correcciones necesarias ; En los casos en que se cometa un delito, se procederá a perseguir la responsabilidad penal de acuerdo con las disposiciones pertinentes del código penal: (i) Cuando no se colocan señales de advertencia claras en los lugares que constituyen fuentes de peligro significativo ; (II) No se realizan inspecciones y pruebas periódicas en los equipos e instalaciones que forman parte de las fuentes de peligro significativas. Artículo 34: **En los casos en que una empresa que maneja sustancias químicas se encuentre en alguna de las situaciones siguientes, el departamento encargado de la supervisión y gestión de la seguridad en el trabajo, a nivel municipal o superior, le impondrá una advertencia. Además, se puede imponer una multa de entre 5.000 y 30.000 yuanes: (i) Cuando no se identifican adecuadamente las fuentes de peligro significativos, de acuerdo con los estándares establecidos.** ; (II) No se han designado, de acuerdo con las disposiciones aquí establecidas, los responsables o las entidades responsables de los dispositivos clave y de las áreas críticas que constituyen fuentes de peligro significativo ; (III) No se ha creado una organización de emergencia ni se han designado personas encargadas de responder a las emergencias, según lo establecido en estas normas. Tampoco se han proporcionado los equipos y materiales de protección necesarios, ni se ha garantizado que estos estén en buen estado ; (IV) No se ha realizado el registro o la cancelación de las fuentes de peligro significativo de acuerdo con las disposiciones establecidas ; V) No se ha informado a las unidades, áreas y personas que podrían verse afectadas sobre las posibles consecuencias de los accidentes que podrían ocasionarse debido a fuentes de peligro significativas, así como sobre las medidas de emergencia que deben tomarse ; VI. Aquellos que no realizan ejercicios de simulación de emergencias relacionadas con fuentes de peligro significativo, conforme a lo establecido en estas normas. Artículo 35: **Si la empresa que maneja productos químicos no realiza inspecciones periódicas del estado de seguridad en las fuentes de peligro significativo, conforme a lo establecido en estas normas, ni toma medidas para eliminar los riesgos potenciales de accidentes, se le ordenará que lo haga de inmediato o dentro de un plazo determinado.** ; **En caso de que las unidades encargadas del manejo de productos químicos se nieguen a cumplir con las normas, se les ordenará suspender sus actividades hasta que se corrijan las deficiencias. Además, se impondrá una multa de entre 100.000 y 200.000 yuanes. A los responsables directos y a otros empleados que tengan responsabilidad en esto, se les impondrá una multa de entre 20.000 y 50.000 yuanes. Artículo 36: Las entidades que se encargan de las tareas de inspección, verificación y evaluación de seguridad, en caso de emitir certificados falsos, tendrán que entregar los beneficios ilícitos obtenidos ; Si la cantidad obtenida de manera ilícita es de 100,000 yuanes o más, se impondrá una multa que sea de dos a cinco veces esa cantidad ; Si no hay ganancias ilícitas, o estas son inferiores a 100.000 yuanes, se impondrá una multa de entre 100.000 y 200.000 yuanes, ya sea de forma individual o conjunta ; Se impondrá una multa de 20.000 yuanes a 50.000 yuanes al supervisor que tenga responsabilidad directa y a los demás responsables directos ; Quienes causen daños a otros, asumirán responsabilidad solidaria de indemnización junto con la **unidad química** ; En los casos en que se trate de un delito, se procederá a la persecución penal de acuerdo con las disposiciones pertinentes del código penal. A las instituciones que cometan las infracciones mencionadas en el párrafo anterior, se les revocará, de conformidad con la ley, la correspondiente certificación. Capítulo VI: Disposiciones finales. Artículo 37: Las presentes disposiciones entrarán en vigor a partir del 1 de diciembre de 2011. Anexos: 1. **Método de clasificación de fuentes de peligro significativas relacionadas con productos químicos**. 2. **Estándares de riesgo admisible**. Interpretación de las regulaciones para la supervisión y gestión de fuentes de peligro significativas relacionadas con productos químicos (PPT)