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**El Decreto N.º 51 de la Administración General para la Supervisión y Gestión de la Seguridad en el Trabajo, titulado “Medidas provisionales para la supervisión y gestión de la salud ocupacional en los proyectos de construcción”, fue aprobado en la reunión del consejo directivo de dicha administración el 6 de marzo de 2012. Ahora se publica oficialmente, y entrará en vigor a partir del 1 de junio de 2012. **Administración General para la Supervisión y Gestión de la Seguridad en el Trabajo, Luo Lin. 27 de abril de 2012. Reglamentos provisionales para la supervisión y gestión del principio de “tres simultaneidades” en materia de salud ocupacional en los proyectos de construcción. Capítulo I: Disposiciones generales. Artículo 1: Con el fin de prevenir, controlar y eliminar los riesgos relacionados con las enfermedades profesionales que puedan surgir en los proyectos de construcción, y para fortalecer y regular la supervisión de la instalaciones destinadas a proteger contra dichas enfermedades, se establecen estos reglamentos de conformidad con la Ley de Prevención y Control de Enfermedades Profesionales de la República Popular China. Artículo 2: Estas disposiciones se aplican a la construcción de instalaciones de protección contra las enfermedades profesionales, así como a su supervisión y gestión, en los proyectos de construcción nueva, reforma, ampliación o modernización tecnológica que puedan generar riesgos relacionados con enfermedades profesionales dentro del territorio de la República Popular China (en lo sucesivo, denominados proyectos de construcción). Por proyectos de construcción que pueden generar riesgos relacionados con enfermedades profesionales, se entienden aquellos en los que existen o se generan los factores de riesgo para enfermedades profesionales enumerados en el «Catálogo de factores de riesgo para enfermedades profesionales». Por “instalaciones de protección contra las enfermedades profesionales”, se entiende el conjunto de equipos, instalaciones, dispositivos y edificios destinados a eliminar o reducir la concentración o intensidad de los factores que causan enfermedades profesionales en el lugar de trabajo. Estas instalaciones tienen como objetivo prevenir y disminuir los daños o efectos negativos que estos factores pueden tener en la salud de los trabajadores, con el fin de proteger su salud. Artículo 3: La entidad responsable de la construcción es la entidad que se ocupa de instalar las medidas de protección contra las enfermedades profesionales en los proyectos de construcción. Las instalaciones de protección contra las enfermedades profesionales en los proyectos de construcción deben diseñarse, construirse e instalarse para su uso en la producción al mismo tiempo que la obra principal (en lo sucesivo, se denomina el principio de “tres simultaneidades” en materia de salud ocupacional). Los costos relacionados con las instalaciones de protección contra enfermedades profesionales deben incluirse en el presupuesto del proyecto de construcción. Artículo 4: Las entidades responsables de la construcción, en el caso de proyectos que puedan generar riesgos relacionados con enfermedades profesionales, deben solicitar a los departamentos encargados de la supervisión y gestión de la seguridad en el trabajo que se realice el registro, la revisión y la verificación necesarias para garantizar las condiciones adecuadas de salud ocupacional, de acuerdo con las disposiciones de este reglamento. La implementación de las medidas de salud ocupacional en los proyectos de construcción puede realizarse al mismo tiempo que se implementan las medidas de seguridad. Artículo 5º La Administración General para la Supervisión y Gestión de la Seguridad en el Trabajo se encarga de supervisar y gestionar el cumplimiento del principio de “tres simultaneidades” en materia de salud ocupacional en los proyectos de construcción a nivel nacional. Además, dentro del ámbito de competencias establecido por el Consejo de Estado, esta administración también se ocupa de supervisar y gestionar el proceso de aprobación, autorización o registro relacionado con el cumplimiento de dicho principio en los proyectos de construcción. Los departamentos de supervisión y gestión de la seguridad en el trabajo a nivel local, en las provincias y condados, se encargan de supervisar la aplicación del principio de “triple simultaneidad” en materia de salud ocupacional en los proyectos de construcción dentro de su área administrativa. Las normas específicas para ello son establecidas por los departamentos provinciales de supervisión y gestión de la seguridad en el trabajo, y deben ser presentadas al Departamento General de Supervisión y Gestión de la Seguridad en el Trabajo para su registro. El departamento de supervisión y gestión de la seguridad en el trabajo del nivel superior puede, según lo requieran las necesidades del trabajo, delegar las tareas de supervisión y gestión relacionadas con la salud ocupacional en los proyectos que están bajo su responsabilidad, a los departamentos de supervisión y gestión de la seguridad en el trabajo del nivel inferior. Artículo 6º **De acuerdo con el grado de riesgo que puedan representar los proyectos de construcción en cuanto a la posibilidad de generar enfermedades profesionales, se aplicará una supervisión y gestión clasificada según lo siguiente: (i) En aquellos proyectos de construcción donde existe un riesgo moderado de enfermedades profesionales, el informe de evaluación preliminar de dichos riesgos debe ser presentado ante el departamento encargado de la supervisión de la seguridad en el trabajo. Además, las instalaciones destinadas a proteger contra las enfermedades profesionales deben ser inspeccionadas por la propia empresa constructora, quien también deberá informar al departamento correspondiente sobre los resultados de dichas inspecciones.** ; (II) En los proyectos de construcción en los que existen riesgos significativos relacionados con las enfermedades profesionales, el informe de evaluación preliminar de dichos riesgos debe ser presentado a la autoridad encargada de la supervisión y gestión de la seguridad laboral para su revisión ; Una vez terminada la construcción de las instalaciones para la protección contra las enfermedades profesionales, el departamento encargado de la supervisión y gestión de la seguridad en el trabajo se encarga de su inspección ; (III) En los proyectos de construcción en los que existen riesgos graves relacionados con las enfermedades profesionales, el informe de evaluación preliminar de dichos riesgos debe ser presentado al departamento encargado de la supervisión y gestión de la seguridad en el trabajo para su revisión. El diseño de las instalaciones de protección contra las enfermedades profesionales también debe ser sometido a la aprobación de dicho departamento. Una vez terminadas las instalaciones de protección, el departamento encargado de la supervisión y gestión de la seguridad en el trabajo se encarga de su inspección. El catálogo de clasificación y gestión de los riesgos ocupacionales en los proyectos de construcción es establecido y publicado por la **Administración General para la Supervisión y Gestión de la Seguridad en el Trabajo**. Los departamentos provinciales encargados de la supervisión y gestión de la seguridad en el trabajo pueden establecer regulaciones adicionales respecto al catálogo de riesgos ocupacionales en los proyectos de construcción, según las condiciones específicas de cada región. Artículo 7: Los departamentos encargados de la supervisión y gestión de la seguridad en el trabajo deben crear un banco de expertos en salud ocupacional (en lo sucesivo, “banco de expertos”). Estos expertos serán contratados para participar en la evaluación, revisión y verificación final de las condiciones de salud ocupacional en los proyectos de construcción. Los expertos del banco de expertos deben estar familiarizados con las leyes y regulaciones relacionadas con la prevención y control de los riesgos laborales. Deben contar con un alto nivel de competencia técnica, experiencia práctica y conocimientos especializados en el área, además de poseer una buena ética profesional. Deben emitir opiniones sobre los proyectos en los que participan, siguiendo principios de objetividad e imparcialidad, y asumir responsabilidad por dichas opiniones. Artículo 8: Los departamentos encargados de la supervisión y gestión de la seguridad en el trabajo deben seleccionar, de forma aleatoria, a expertos de una base de datos de expertos para que participen en la revisión de los informes de evaluación previa de los riesgos relacionados con las enfermedades profesionales, en la revisión del diseño de las instalaciones de protección contra estas enfermedades, así como en la verificación final de dichas instalaciones en los proyectos de construcción. Para cada tarea, se deben seleccionar al menos 3 expertos de forma aleatoria de la base de expertos. Se aplica un sistema de recusación para los expertos que forman parte del banco de expertos. Los representantes de la empresa encargada de la construcción, así como los expertos que colaboran en dicha empresa, no pueden participar en las tareas relacionadas con la evaluación de las condiciones de salud ocupacional en el sitio de construcción, ni en los procesos de revisión y verificación, ni tampoco en la recepción final del proyecto. Artículo 9: La evaluación preliminar de los riesgos relacionados con las enfermedades profesionales en los proyectos de construcción, así como la evaluación de la eficacia de las medidas para controlar dichos riesgos, deben ser realizadas por instituciones especializadas en servicios de salud ocupacional que cuenten con las cualificaciones necesarias, según lo establecido por la ley. Las instituciones de servicios técnicos en materia de salud ocupacional deben llevar a cabo sus actividades de acuerdo con las **leyes, regulaciones administrativas, estándares y los procedimientos provisionales para la supervisión de dichas instituciones**. De esta manera, se garantiza que los resultados de los servicios técnicos sean objetivos, veraces y precisos. Además, estas instituciones deben asumir la responsabilidad legal por las conclusiones a las que lleguen. Capítulo 2: Evaluación preliminar de los riesgos relacionados con las enfermedades profesionales. Artículo 10: En el caso de proyectos de construcción que puedan generar riesgos relacionados con enfermedades profesionales, la empresa responsable de la construcción debe encargar a una institución técnica especializada en salud ocupacional, que cuente con las cualificaciones adecuadas, que realice una evaluación preliminar de dichos riesgos y prepare un informe al respecto. El informe de evaluación preliminar de los riesgos relacionados con las enfermedades profesionales en un proyecto de construcción debe incluir los siguientes elementos principales: (I) Resumen del proyecto de construcción ; (II) Análisis y evaluación de los factores de riesgo relacionados con las enfermedades profesionales que pueden surgir en los proyectos de construcción, así como del grado de daño que estos causan a la salud de los trabajadores ; (III) Análisis de los tipos de riesgos relacionados con las enfermedades profesionales en los proyectos de construcción ; (IV) Análisis y evaluación técnica de las instalaciones de protección contra enfermedades profesionales que se pretenden implementar en el proyecto de construcción ; (V) Recomendaciones sobre la creación de organismos encargados de la salud ocupacional, la designación de personal para dichas funciones y el desarrollo de los sistemas relacionados ; VI) Recomendaciones sobre las medidas de protección contra las enfermedades profesionales en los proyectos de construcción ; VII. Conclusiones de la evaluación preliminar de los riesgos relacionados con las enfermedades profesionales. Artículo 11: Una vez que se haya elaborado el informe de evaluación preliminar de los riesgos relacionados con las enfermedades profesionales, la entidad responsable de la construcción debe organizar una reunión con expertos en salud ocupacional para que evalúen dicho informe. La entidad responsable de la construcción es la que se hace cargo de la veracidad y legalidad del informe de evaluación preliminar de los riesgos relacionados con las enfermedades profesionales. Artículo 12: La entidad responsable de la construcción deberá solicitar, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 5 y 6 de estos procedimientos, la inscripción o revisión previa de los riesgos relacionados con las enfermedades profesionales ante el departamento encargado de la supervisión y gestión de la seguridad en el trabajo. Para ello, deberá presentar los siguientes documentos y materiales: (i) Solicitud de inscripción o revisión previa de los riesgos relacionados con las enfermedades profesionales para el proyecto de construcción ; (II) Informe de evaluación preliminar de los riesgos relacionados con las enfermedades profesionales en el proyecto de construcción ; (III) Opiniones de la entidad responsable de la construcción sobre el informe de evaluación preliminar ; (IV) Opiniones de los expertos en salud ocupacional sobre el informe de evaluación preliminar ; (V) Certificado de cualificación de la entidad encargada de la evaluación previa de los riesgos relacionados con las enfermedades profesionales (copia) ; VI) Otros documentos y materiales establecidos por leyes, reglamentos administrativos y normativas. En los proyectos de construcción que involucran factores de riesgo relacionados con las enfermedades profesionales por radiación, la empresa responsable de la construcción debe presentar un informe de evaluación preliminar de la protección contra la radiación para dicho proyecto. Una vez que el departamento encargado de la supervisión y gestión de la seguridad en el trabajo recibe la solicitud de registro o revisión del informe de evaluación preliminar de los riesgos relacionados con las enfermedades profesionales, debe verificar si los documentos y materiales presentados son completos. Dentro de los 5 días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud, debe tomar una decisión sobre si la misma será aceptada o emitir una notificación para que se corrijan los defectos. Artículo 13: En cuanto a las solicitudes de registro para la evaluación previa de los riesgos relacionados con las enfermedades profesionales en proyectos de construcción que ya han sido aceptadas, el departamento encargado de la supervisión y gestión de la seguridad en el trabajo debe realizar una revisión formal de los documentos y materiales presentados. En los casos que cumplan con los requisitos, se procederá a su registro dentro de 20 días hábiles desde la fecha de recepción, y se entregará al solicitante una notificación de registro ; Los que no cumplan con los requisitos no serán registrados; se informará por escrito al solicitante y se expondrán las razones. Respecto a las solicitudes de revisión de los informes de evaluación previa de los riesgos relacionados con las enfermedades profesionales en los proyectos de construcción que ya han sido aceptados, los departamentos encargados de la supervisión y gestión de la seguridad en el trabajo deben verificar la legalidad de los documentos y materiales presentados ; Si se aprueba la revisión, se dará una respuesta dentro de 20 días hábiles a partir de la fecha de recepción ; En caso de desacuerdo, se comunicará por escrito a la entidad constructora y se expondrán los motivos. Debido a la complejidad de la situación, si no es posible dar una respuesta en 20 días hábiles, con la aprobación del responsable del departamento, se puede prorrogar el plazo por 10 días hábiles más. Se debe informar por escrito al solicitante las razones de esta prórroga. Artículo 14: Una vez que el informe de evaluación preliminar de los riesgos relacionados con las enfermedades profesionales para un proyecto de construcción haya sido registrado o aprobado por el departamento encargado de la supervisión y gestión de la seguridad en el trabajo, si se producen cambios significativos en la ubicación del proyecto, en su escala de producción, en sus procesos productivos, o en los tipos de factores que pueden causar enfermedades profesionales, así como en las instalaciones destinadas a proteger contra dichas enfermedades, la empresa responsable del proyecto debe realizar nuevamente una evaluación preliminar de los riesgos relacionados con las enfermedades profesionales, y proceder con los trámites correspondientes de registro o aprobación. Artículo 15: Si la entidad responsable de la construcción no presenta un informe de evaluación preliminar de los riesgos relacionados con las enfermedades profesionales en el proyecto de construcción, o si dicho informe no ha sido registrado ni aprobado por el departamento encargado de la supervisión y gestión de la seguridad en el trabajo, entonces los órganos competentes no podrán aprobar dicho proyecto de construcción. Capítulo III: Diseño de las instalaciones para la protección contra las enfermedades profesionales. Artículo 16: En los proyectos de construcción en los que existen riesgos relacionados con enfermedades profesionales, la empresa constructora debe encargar a una empresa de diseño con las cualificaciones adecuadas que elabore un plan detallado para el diseño de las instalaciones necesarias para proteger contra dichas enfermedades. La empresa de diseño y el diseñador deben ser responsables de la veracidad, legalidad y utilidad del documento técnico que elaboran respecto a las medidas de protección contra las enfermedades profesionales. Artículo 17: La empresa de diseño debe elaborar un documento específico sobre el diseño de las instalaciones necesarias para la prevención de enfermedades profesionales en el proyecto de construcción, de acuerdo con los requisitos establecidos en las leyes, regulaciones y normas relacionadas con la salud ocupacional. La sección dedicada al diseño de las instalaciones de protección contra enfermedades profesionales en los proyectos de construcción debe incluir lo siguiente: (i) Los fundamentos del diseño ; (II) Resumen del proyecto de construcción ; (III) Análisis de los tipos, fuentes, propiedades físico-químicas, características toxicológicas, concentraciones, intensidades, distribución, número y nivel de personas expuestas, así como del potencial de daño y del grado de riesgo de desarrollar enfermedades profesionales, derivados de los factores de riesgo relacionados con las enfermedades profesionales que pueden surgir en los proyectos de construcción ; IV) Instalaciones de protección contra las enfermedades profesionales y medidas de prevención y control relacionadas, así como su eficacia en la prevención de dichas enfermedades ; (V) Disposición de las salas auxiliares y las instalaciones sanitarias ; VI) Medidas de gestión para la prevención y control de las enfermedades profesionales ; VII) Explicación sobre la adopción de las medidas de control de los riesgos relacionados con las enfermedades profesionales, así como de las estrategias y recomendaciones contenidas en el informe de evaluación preliminar ; (VIII) Presupuesto para la inversión en instalaciones de protección contra enfermedades profesionales ; IX) Medidas de prevención y respuesta ante posibles accidentes relacionados con enfermedades profesionales ; X) Efectos esperados y evaluación posibles. Artículo 18: Una vez que la entidad responsable de la construcción haya completado la elaboración del documento dedicado al diseño de las instalaciones de protección contra enfermedades profesionales, deberá organizar una reunión con expertos en salud ocupacional para que evalúen dicho documento. La entidad responsable de la construcción debe trabajar junto con la empresa de diseño para perfeccionar el documento dedicado al diseño de las instalaciones de protección contra enfermedades profesionales. Además, debe asumir la responsabilidad por su veracidad, legalidad y utilidad. Artículo 19: En los proyectos de construcción en los que existen riesgos generales relacionados con las enfermedades profesionales, o riesgos más graves, la empresa responsable de la construcción debe, una vez completada la evaluación del diseño de las instalaciones para la protección contra estas enfermedades, organizar la ejecución de dichas instalaciones de acuerdo con las normativas aplicables. Artículo 20: En el caso de los proyectos de construcción que presentan un alto riesgo de enfermedades profesionales, la empresa responsable de la construcción, una vez completada la evaluación del diseño de las instalaciones de protección contra enfermedades profesionales, deberá presentar una solicitud ante el departamento encargado de la supervisión y gestión de la seguridad en el trabajo, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 5 y 6 de estos procedimientos. Además, deberá entregar los siguientes documentos e información: (I) Solicitud de revisión del diseño de las instalaciones de protección contra enfermedades profesionales para el proyecto de construcción ; (II) Documentos de aprobación para la iniciación del proyecto de construcción (copia) ; (III) Sección especial sobre el diseño de las instalaciones de protección contra enfermedades profesionales en los proyectos de construcción ; (IV) Opiniones de la entidad responsable de la construcción sobre el diseño de las instalaciones para la prevención de enfermedades profesionales ; (V) Certificado de calificación de la empresa encargada del diseño de las instalaciones de protección contra enfermedades profesionales en el proyecto de construcción (copia) ; VI) Documento de aprobación de la revisión del informe de evaluación previa de los riesgos relacionados con las enfermedades profesionales en el proyecto de construcción (copia) ; VII. Otros documentos y materiales establecidos por leyes, reglamentos administrativos y normativas. Una vez que el departamento encargado de la supervisión y gestión de la seguridad en el trabajo recibe la solicitud de revisión del diseño de las instalaciones para la protección contra enfermedades profesionales, debe verificar si los documentos y datos presentados son completos. Dentro de los 5 días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud, debe tomar una decisión sobre si la misma será aceptada o emitir una notificación para que se corrijan los defectos. Artículo 21: En cuanto a las solicitudes de revisión del diseño de las instalaciones de protección contra enfermedades profesionales presentadas para proyectos que presentan un alto riesgo de tales enfermedades y que ya han sido aceptadas, los departamentos encargados de la supervisión y gestión de la seguridad en el trabajo deben verificar la legalidad de los documentos y materiales presentados. Si se aprueba la revisión, se dará una respuesta en un plazo de 20 días hábiles a partir de la fecha de recepción ; En caso de desacuerdo, se notificará por escrito a la entidad responsable de la construcción y se expondrán los motivos. Debido a la complejidad de la situación, si no es posible dar una respuesta en 20 días hábiles, con la aprobación del responsable del departamento, se puede prorrogar el plazo por 10 días hábiles más. Se debe informar por escrito al solicitante las razones de esta prórroga. En los proyectos de construcción en los que existen graves riesgos relacionados con las enfermedades profesionales, si el diseño de las medidas de protección contra dichas enfermedades no ha sido aprobado, la empresa constructora no puede comenzar las obras. Debe realizar las correcciones necesarias y solicitar nuevamente la aprobación. Artículo 22: Una vez que el diseño de las instalaciones de protección contra enfermedades profesionales para un proyecto de construcción haya sido aprobado tras su revisión, si se producen cambios significativos en la escala de producción del proyecto, en sus procesos industriales o en los tipos de factores que pueden causar enfermedades profesionales, la empresa responsable de la construcción debe rediseñar dichas instalaciones de protección, de acuerdo con los cambios realizados. Además, debe completar los trámites de revisión correspondientes dentro de los 30 días siguientes a la fecha del cambio, de conformidad con lo establecido en estas normas. Capítulo 4: Evaluación de la eficacia en el control de los riesgos relacionados con las enfermedades profesionales y verificación de la finalización de las instalaciones de protección. Artículo 23: Las instalaciones de protección contra las enfermedades profesionales en un proyecto de construcción deben ser instaladas por empresas constructoras que cuenten con la calificación adecuada. Dichas instalaciones deben ser construidas al mismo tiempo que la parte principal del proyecto. La empresa encargada de la construcción debe llevar a cabo las obras de acuerdo con los diseños relacionados con las instalaciones de protección contra enfermedades profesionales, así como con las normas y estándares técnicos aplicables. Además, dicha empresa es responsable de la calidad de dichas instalaciones. Las empresas de supervisión de obras y los supervisores deben, de conformidad con las leyes y regulaciones, así como con las normas obligatorias para la construcción, supervisar la ejecución de las obras relacionadas con las instalaciones de protección contra enfermedades profesionales. Además, deben asumir la responsabilidad por la calidad de dichas instalaciones. Artículo 24: Durante la construcción de las instalaciones de protección contra enfermedades profesionales en los proyectos de construcción, la empresa responsable debe realizar inspecciones periódicas para detectar cualquier problema y corregirlo de inmediato. Artículo 25: Una vez finalizada la construcción de un proyecto, si es necesario realizar pruebas de funcionamiento, las instalaciones de protección contra enfermedades profesionales que forman parte de dicho proyecto también deben ponerse en funcionamiento al mismo tiempo que la estructura principal del proyecto. El período de prueba debe ser de al menos 30 días, y no puede exceder los 180 días, **con excepción de aquellos sectores en los que las autoridades competentes establezcan normas diferentes o haya requisitos especiales. Artículo 26: Durante la fase de pruebas del proyecto de construcción, la entidad responsable de su ejecución debe supervisar el funcionamiento de las instalaciones destinadas a la prevención de enfermedades profesionales, así como los factores de riesgo relacionados con estas enfermedades en el lugar de trabajo. Además, debe encargar a una institución técnica especializada en salud ocupacional, que cuente con las cualificaciones adecuadas, que evalúe la eficacia de las medidas tomadas para controlar dichos riesgos. En los proyectos de construcción que no han sido puestos en funcionamiento, se debe encargar, una vez finalizados, a una institución técnica especializada en salud ocupacional, con las cualificaciones adecuadas, que realice una evaluación de la eficacia de las medidas tomadas para controlar los riesgos relacionados con las enfermedades profesionales. La entidad responsable de la construcción debe proporcionar, para las actividades de evaluación, los locales, equipos e instalaciones que cumplan con los estándares y requisitos de inspección y evaluación. Artículo 27: Una vez que la entidad responsable de la construcción haya elaborado el informe sobre la evaluación de la eficacia en el control de los riesgos relacionados con las enfermedades profesionales, deberá organizar una revisión de dicho informe por parte de expertos en salud ocupacional. La entidad responsable de la construcción es la que se hace cargo de la veracidad y legalidad del informe sobre la evaluación de los efectos del control de los riesgos relacionados con las enfermedades profesionales. Artículo 28: En el momento de la verificación final de los proyectos de construcción en los que existen riesgos relacionados con las enfermedades profesionales, la empresa constructora es responsable de organizar personalmente la verificación de las instalaciones destinadas a proteger contra dichas enfermedades. Dentro de los 30 días siguientes a la finalización de dicha verificación, la empresa debe presentar, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 5 y 6 de estos procedimientos, una solicitud ante el departamento encargado de la supervisión de la seguridad laboral para que se registren dichas instalaciones. Para ello, se deben entregar los siguientes documentos e información: (i) Solicitud de registro de las instalaciones de protección contra enfermedades profesionales para el proyecto de construcción ; (II) Notificación de registro del informe de evaluación preliminar de los riesgos relacionados con las enfermedades profesionales en el proyecto de construcción (copia) ; (III) Documentos de aprobación para la iniciación del proyecto de construcción (copia) ; (IV) Sección especial sobre el diseño de las instalaciones de protección contra enfermedades profesionales en los proyectos de construcción ; (V) Certificado de competencia del organismo encargado de evaluar la eficacia de las medidas de control de los riesgos relacionados con las enfermedades profesionales en los proyectos de construcción (copia) ; VI) Informe de evaluación de la eficacia en el control de los riesgos relacionados con las enfermedades profesionales en los proyectos de construcción ; VII. Opiniones de los expertos en salud ocupacional sobre el informe de evaluación de la eficacia de las medidas para controlar los riesgos relacionados con las enfermedades profesionales ; VIII. Opiniones de la entidad responsable de la construcción sobre el informe de evaluación de la eficacia en el control de los riesgos relacionados con las enfermedades profesionales ; (IX) Informe sobre la verificación automática de las instalaciones de protección contra enfermedades profesionales en los proyectos de construcción ; X) Otros documentos y materiales establecidos por leyes, reglamentos administrativos y normativas. Artículo 29: Al finalizar la construcción de proyectos que presentan un alto riesgo de enfermedades profesionales, la entidad responsable de la construcción debe solicitar, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 5 y 6 de estos procedimientos, la aprobación de las instalaciones de protección contra enfermedades profesionales a los órganos encargados de la supervisión de la seguridad en el trabajo. Para ello, se deben presentar los siguientes documentos e información: (i) Solicitud de aprobación de las instalaciones de protección contra enfermedades profesionales para el proyecto en cuestión ; (II) Documento de aprobación y revisión del informe de evaluación preliminar de los riesgos relacionados con las enfermedades profesionales en el proyecto de construcción ; (III) Certificado de competencia de la entidad encargada de evaluar la eficacia de los controles contra los riesgos relacionados con las enfermedades profesionales en los proyectos de construcción (copia) ; (IV) Documentos de aprobación para la iniciación del proyecto de construcción (copia) ; (V) Sección especial sobre el diseño de las instalaciones de protección contra enfermedades profesionales en los proyectos de construcción ; VI) Informe de evaluación de la eficacia en el control de los riesgos relacionados con las enfermedades profesionales en los proyectos de construcción ; VII) Opiniones de los expertos en salud ocupacional sobre el informe de evaluación de la eficacia de las medidas para controlar los riesgos relacionados con las enfermedades profesionales ; VIII. Opiniones de la entidad responsable de la construcción sobre el informe de evaluación de la eficacia en el control de los riesgos relacionados con las enfermedades profesionales ; IX) Certificados de calificación de la empresa encargada de la construcción de las instalaciones de protección contra enfermedades profesionales y de la empresa de supervisión (copias) ; X) Otros documentos y materiales establecidos por leyes, reglamentos administrativos y normativas. Artículo 30: Al finalizar la construcción de proyectos que presentan un alto riesgo de enfermedades profesionales, la entidad responsable de la construcción debe solicitar, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 5 y 6 de estas normas, la aprobación de las instalaciones destinadas a proteger contra enfermedades profesionales ante el departamento encargado de la supervisión de la seguridad en el trabajo. Para ello, se deben presentar los siguientes documentos e información: (i) Solicitud de aprobación de las instalaciones de protección contra enfermedades profesionales para el proyecto en cuestión ; (II) Documento de aprobación para la revisión del diseño de las instalaciones de protección contra enfermedades profesionales en el proyecto de construcción (copia) ; (III) Certificado de competencia de la entidad encargada de evaluar la eficacia de los controles contra los riesgos relacionados con las enfermedades profesionales en los proyectos de construcción (copia) ; (IV) Informe de evaluación de la eficacia en el control de los riesgos relacionados con las enfermedades profesionales en los proyectos de construcción ; (V) Opiniones de los expertos en salud ocupacional sobre el informe de evaluación de la eficacia de las medidas para controlar los riesgos relacionados con las enfermedades profesionales ; VI) Opiniones de la entidad responsable de la construcción sobre el informe de evaluación de la eficacia de los controles contra los riesgos relacionados con las enfermedades profesionales ; VII) Certificados de calificación de la empresa encargada de la construcción de las instalaciones de protección contra enfermedades profesionales y de la empresa de supervisión (copias) ; VIII) Otros documentos y materiales establecidos por leyes, reglamentos administrativos y normativas. Artículo 31: Una vez que el departamento encargado de la supervisión y gestión de la seguridad en el trabajo recibe la solicitud de registro de finalización de las instalaciones de protección contra enfermedades profesionales en un proyecto de construcción, o bien la solicitud de aceptación final de dichas instalaciones, deberá verificar si los documentos y datos presentados son completos. Dentro de los 5 días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud, deberá tomar una decisión sobre si la acepta o bien emitir una notificación para que se completen los requisitos necesarios. Respecto a las solicitudes de registro que ya han sido recibidas, el departamento encargado de la supervisión y gestión de la seguridad en el trabajo debe examinar la legalidad de los documentos y materiales presentados dentro de un plazo de 20 días hábiles desde la fecha de recepción de dichas solicitudes. Si cumple con los requisitos, se procederá a su registro, emitiéndose una notificación de registro ; Los que no cumplan con los requisitos no serán registrados, y se notificará por escrito a la entidad responsable indicando los motivos. Respecto a las solicitudes de verificación final ya recibidas, el departamento encargado de la supervisión y gestión de la seguridad en el trabajo debe examinar la legalidad de los documentos y materiales presentados, como los informes sobre la eficacia de las medidas de control de los riesgos relacionados con las enfermedades profesionales en el proyecto en cuestión. Además, se debe realizar una inspección in situ de las instalaciones destinadas a proteger contra dichas enfermedades. La decisión sobre si se aprueba o no la verificación debe tomarse dentro de 20 días hábiles desde la fecha de recepción de la solicitud. Los que pasen la inspección recibirán una respuesta afirmativa ; En caso de que no se cumplan los requisitos, se informará por escrito a la entidad responsable de la construcción y se indicarán las razones. Debido a la complejidad de la situación, si no es posible dar una respuesta en 20 días hábiles, con la aprobación del responsable del departamento, se puede prorrogar el plazo por 10 días hábiles más. Se debe informar por escrito al solicitante las razones de esta prórroga. Artículo 32: En los proyectos de construcción que se desarrollan en fases, y que entran en producción o uso de forma gradual, las instalaciones de protección contra enfermedades profesionales deben ser inspeccionadas también de forma gradual, al mismo tiempo que avanza la construcción del proyecto. Artículo 33: Las instalaciones de protección contra enfermedades profesionales en los proyectos de construcción no podrán ser puestas en uso o operación hasta que cuenten con la aprobación del departamento encargado de la supervisión y gestión de la seguridad en el trabajo, o hasta que hayan sido inspeccionadas y consideradas satisfactorias. Capítulo V: Responsabilidades legales. Artículo 34: Si la entidad responsable de la construcción comete alguna de las conductas siguientes, el departamento encargado de la supervisión y gestión de la seguridad en el trabajo le impondrá una advertencia y ordenará que corrija dichas conductas dentro de un plazo determinado ; En caso de no corregir la situación dentro del plazo establecido, se impondrá una multa de entre 100.000 y 500.000 yuanes ; En los casos graves, se ordena la interrupción de las actividades que generan riesgos relacionados con las enfermedades profesionales. También se puede solicitar a las autoridades competentes que, de acuerdo con las facultades establecidas por el Consejo de Estado, ordenen la suspensión o cierre de dichas actividades. Esto ocurre cuando: (i) no se realiza una evaluación previa de los riesgos relacionados con las enfermedades profesionales, o no se presenta dicho informe; o bien, cuando el informe de evaluación previa no ha sido registrado ni aprobado por el departamento encargado de la supervisión de la seguridad en el trabajo antes de comenzar las obras ; (II) Las instalaciones de protección contra enfermedades profesionales en los proyectos de construcción no se pusieron en funcionamiento al mismo tiempo que la obra principal, como está establecido en las normas ; 3) En los proyectos de construcción en los que existen graves riesgos relacionados con las enfermedades profesionales, las instalaciones destinadas a la protección contra estas enfermedades no han sido revisadas por los departamentos encargados de la supervisión de la seguridad en el trabajo; además, no cumplen con las **normas de salud ocupacional ni con los requisitos sanitarios necesarios, y aun así se procede con su construcción ; (IV) Se utilizan las instalaciones de protección contra enfermedades profesionales sin que se haya realizado una evaluación de su eficacia en la prevención de dichas enfermedades, según lo establecido en la normativa; además, no han sido aprobadas por los organismos encargados de la supervisión de la seguridad en el trabajo, o bien no han superado dicha inspección. Artículo 35: Si la entidad responsable de la construcción comete alguna de las conductas siguientes, el departamento encargado de la supervisión y gestión de la seguridad en el trabajo le impondrá una advertencia y ordenará que corrija dichas conductas dentro de un plazo determinado ; En caso de que no se corrija la situación dentro del plazo establecido, se impondrá una multa de hasta 30.000 yuanes: (i) Cuando no se realice la evaluación previa de los riesgos relacionados con las enfermedades profesionales, ni el diseño de las instalaciones de protección contra dichas enfermedades, ni la evaluación de la eficacia de las medidas de control de esos riesgos, tal como se estipula en estas normas ; (II) Cuando se producen cambios significativos en la ubicación del proyecto de construcción, en su escala de producción, en los procesos utilizados, en los tipos de factores que pueden causar enfermedades profesionales, o en las instalaciones destinadas a proteger contra dichas enfermedades, no se vuelve a realizar una evaluación previa de los riesgos relacionados con las enfermedades profesionales, ni se rediseñan las instalaciones de protección correspondientes, ni se completan los trámites necesarios antes de comenzar las obras ; (III) Las instalaciones de protección contra enfermedades profesionales que requieren pruebas de funcionamiento no se ponen en marcha al mismo tiempo que la obra principal. Artículo 36: En caso de que la entidad responsable de la construcción cometa actos de fraude en el informe de evaluación preliminar de los riesgos relacionados con las enfermedades profesionales, en el diseño de las instalaciones para la protección contra dichas enfermedades, en la evaluación de la eficacia de dichas medidas de protección, o en la verificación de dichas instalaciones, se le ordenará que corrija dichos errores. Además, se le impondrá una multa de entre 5 mil y 30 mil yuanes. Artículo 37: Los demás actos que violen las disposiciones de estos procedimientos serán tratados de acuerdo con las disposiciones pertinentes de la Ley de Prevención y Control de Enfermedades Profesionales de la República Popular China. Capítulo VI: Disposiciones finales. Artículo 38: Las instituciones de inspección de seguridad en las minas de carbón son responsables, de acuerdo con estas normas, de supervisar el cumplimiento del principio de “triple simultaneidad” en materia de salud ocupacional en los proyectos de construcción de minas de carbón. Artículo 39: Las presentes disposiciones entrarán en vigor a partir del 1 de junio de 2012.