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Actualmente nos hemos encontrado con un caso que queremos analizar junto con los colegas del sector marítimo. Situación actual: existen dos dispositivos independientes, A y B, que producen respectivamente los productos A y B. Del dispositivo A, hay dos reactores que están sin utilizar. Ideia del propietario: Utilizar el reactor inactivo del dispositivo A para poner en valor los activos existentes. Concretamente, se utiliza el reactor inactivo del dispositivo A para producir el producto B. El producto B en estado bruto resultante se envía al dispositivo B para someterse a procesos posteriores como la destilación, con el objetivo final de aumentar la capacidad de producción del producto B. Duda: Después de la modificación, el dispositivo A cuenta con dos líneas de producción simultáneamente (para fabricar los productos A y B). Aunque comparten la misma materia prima, son dos líneas de producción independientes. No cumple con la definición de “dispositivo” según GB50160: “2.0.12 Dispositivo: planta de procesamiento, que es una combinación de una o más unidades de proceso interconectadas”. ”Tampoco se ajusta a la definición de planta conjunta “2.0.11 Planta conjunta: plantas de proceso múltiples, formadas por dos o más unidades independientes dispuestas de manera compacta y cercana entre sí; existe una alimentación directa entre estas unidades, sin tanques intermedios para almacenar materias primas con el fin de realizar reparaciones. Su puesta en marcha o su parada para mantenimiento se realizan de forma simultánea, por lo que se consideran como una sola planta”. ” Buenos días, estimados expertos. ¿Este método cumple con los requisitos legales? ¿Existen algún tipo de riesgos en cuanto a la seguridad o algo similar?
Hay muchas situaciones que están en la zona gris; en mi opinión, es necesario separarlas estrictamente, con la seguridad por encima de todo.