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Compartir sobre el reconocimiento de lesiones laborales 23: ¿Se puede considerar una lesión laboral el hecho de emplearse utilizando un documento de identidad falso?

2016-10-23View Original

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Presentación del caso: En noviembre de 2006, el señor Wu utilizó la identificación de otra persona para trabajar en una empresa de electrodomésticos. Las dos partes no firmaron ningún contrato laboral por escrito. Unos días después, el señor Wu sufrió una lesión en el ojo izquierdo mientras trabajaba. Se le diagnosticó una herida penetrante en la córnea del ojo izquierdo, además de catarata traumática en ese mismo ojo. En marzo de 2008, el departamento de trabajo determinó que el señor Wu sufría una lesión laboral. La empresa de electrodomésticos no estuvo de acuerdo y, tras una revisión del caso, presentó una demanda administrativa ante el tribunal, solicitando que se anulara la decisión relativa al reconocimiento de la lesión laboral. La empresa de electrodomésticos alega que el señor Wu, la tercera parte involucrada, utilizó documentos de identidad falsos para presentarse como candidato en su empresa. Por lo tanto, no existe una relación laboral real y válida entre él y la demandante. Los daños causados por este fraude no deben considerarse como accidentes de trabajo. Análisis del caso: El departamento de trabajo sostiene que el señor Wu sufrió una lesión en el ojo izquierdo mientras trabajaba en la empresa. Aunque la persona en cuestión utilizó la identificación de otra persona al ingresar a la empresa demandante, no se puede negar que existía una relación laboral entre el demandante y el señor Wu. La lesión sufrida por el señor Wu se debió a causas relacionadas con su trabajo, y no a algún tipo de “fraude”. Según el principio de inocencia, los argumentos del demandante no afectan la determinación de que se trata de un accidente laboral. Tras examinar el caso, el tribunal apoyó la opinión del departamento de trabajo y mantuvo la decisión de considerar que se trataba de un accidente laboral. El uso fraudulento de la identidad de otra persona para firmar un contrato laboral constituye un acto de fraude, lo que hace que dicho contrato sea nulo; esto ya es un hecho reconocido en la práctica judicial. En este caso, no se ha firmado ningún contrato laboral entre el empleador y el trabajador; por lo tanto, existe una relación laboral de hecho entre ellos. ¿Podría el comportamiento fraudulento del trabajador hacer que dicha relación laboral de hecho sea inválida? Obviamente, la respuesta es negativa. La relación laboral de hecho es un estado, y no un acto jurídico. Solo los actos jurídicos tienen problemas relacionados con su validez. Un estado de hecho es simplemente un reflejo de las circunstancias objetivas; no existe problema alguno en cuanto a su validez. Por lo tanto, tampoco existe la posibilidad de que sea inválido. Según las disposiciones legales aplicables, la existencia de una relación laboral de hecho no afecta a la determinación de los accidentes de trabajo. Por lo tanto, el punto controvertido en este caso es si el fraude afecta a la determinación de la lesión laboral Las lesiones laborales constituyen un tipo especial de infracción, para las cuales se aplica el principio de responsabilidad sin culpa. Dado que se aplica el principio de inocencia, no se tiene en cuenta el estado subjetivo del autor de la infracción, ni tampoco el error subjetivo de la víctima. Por supuesto, esto no incluye aquellos actos intencionales que están excluidos por las regulaciones relativas a los seguros de accidentes laborales. Dado que no existe una relación de causalidad entre el fraude en este caso y los daños sufridos por los trabajadores, el tribunal no tiene en cuenta el factor del fraude. Por lo tanto, es conforme a la ley no aceptar la idea de que los daños causados por actos de fraude constituyan un accidente laboral. Conclusión: Se puede considerar como un accidente de trabajo. Aclaración adicional: Aunque se puede considerar como un accidente de trabajo, las indemnizaciones correspondientes podrían variar según las normas locales. Si alguien sufre un accidente laboral utilizando la identidad de otra persona, incluso si la empresa empleadora ha pagado las primas del seguro de accidentes laborales, la entidad encargada de los seguros sociales no procederá a pagar ninguna indemnización, ya que esa persona ya no está registrada como asegurada. Como consecuencia de ello, en la práctica judicial, los empleados que utilizan la identidad de otra persona para firmar contratos laborales con el empleador cometen un acto de fraude y son considerados responsables. Pero el empleador también es culpable, ya que no cumplió con sus obligaciones de verificación. Las consecuencias legales derivadas de esto deben ser compartidas por ambas partes, en proporción a su grado de responsabilidad. Algunas provincias y ciudades establecen que los trabajadores lesionados en el trabajo deben asumir la parte que debería ser pagada por las instituciones de seguro social, mientras que el empleador debe asumir la parte que le corresponde a él ; Algunas provincias y ciudades establecen que el fondo de seguro de accidentes laborales debe cubrir una parte, mientras que los empleadores también deben asumir otra parte. “Guías de la Corte Intermedia de Shenzhen para el juicio de casos relacionados con las prestaciones por accidentes de trabajo” (Aprobadas en la tercera reunión del Comité Especial de Asuntos Civiles y Administrativos de la Corte Intermedia de Shenzhen, el 19 de marzo de 2015). III. Cuando el empleador sufre pérdidas debido a que el trabajador utiliza documentos falsos para obtener un seguro, la parte de las prestaciones por accidentes de trabajo que, según las leyes y regulaciones, debería ser cubierta por el fondo de seguros por accidentes de trabajo, será asumida por la persona que utilizó documentos falsos, siempre y cuando esa persona tenga al menos 16 años en el momento del accidente. El empleador asumirá entonces una responsabilidad secundaria ; Si la persona que se hace pasar por otro sufre un accidente laboral y tiene menos de 16 años, la empresa empleadora asume la responsabilidad principal, mientras que la persona que se hizo pasar por otro asume la responsabilidad secundaria. En cuanto a las prestaciones por accidentes de trabajo que, según la legislación, deben ser cubiertas por el empleador, los trabajadores no tienen que contribuir con nada; el empleador es quien debe pagarlas en su totalidad.
Reply #22016-10-24
Eh, 16 años. Si una persona se desarrolla rápidamente, ¿cómo puede el departamento de recursos humanos determinar si realmente tiene 16 años? Hubo un caso anterior sobre si se trataba de violación de una niña. Debido a su rápido desarrollo, el juez también determinó que, por su apariencia, la víctima no era una niña; pero su edad era evidente.
Reply #32016-10-24
Este caso es bueno y representativo.
Reply #42016-10-24
Me parece que el análisis de casos está muy bien hecho; explica en detalle las relaciones laborales, y he podido aprender algo nuevo.

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