La página oficial de Ren publica el texto completo de la nueva Ley de Prevención y Control de Enfermedades Profesionales
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El sitio web oficial de REN publica el texto completo del nuevo “Reglamento para la Prevención y Control de Enfermedades Profesionales”. Índice: Capítulo 1: Disposiciones generales. Capítulo 2: Prevención en etapas preliminares. Capítulo 3: Protección y gestión durante el proceso laboral. Capítulo 4: Diagnóstico de enfermedades profesionales y protección de los trabajadores afectados. Capítulo 5: Supervisión e inspección. Capítulo 6: Responsabilidades legales. Capítulo 7: Disposiciones finales. Capítulo 1: Disposiciones generales. Artículo 1: Con el fin de prevenir, controlar y eliminar los riesgos derivados de las condiciones laborales, así como para prevenir y tratar las enfermedades profesionales, proteger la salud y los derechos de los trabajadores, y promover el desarrollo económico y social, se promulgó este reglamento conforme a lo dispuesto en la Constitución. Artículo 2: La presente ley se aplica a las actividades de prevención y control de las enfermedades profesionales dentro del territorio de la República Popular China. Por enfermedades profesionales, según esta ley, se entienden aquellas enfermedades que padecen los trabajadores de empresas, instituciones y organizaciones económicas individuales, como consecuencia de su actividad laboral, debido a la exposición a polvos, sustancias radiactivas y otros factores tóxicos o dañinos. La clasificación y el catálogo de las enfermedades profesionales son establecidos, modificados y publicados por el departamento administrativo de salud del Consejo de Estado, en colaboración con el departamento encargado de la supervisión de la seguridad en el trabajo y el departamento administrativo de protección laboral del Consejo de Estado. Artículo 3: En la prevención y control de las enfermedades profesionales, se debe seguir el principio de dar prioridad a la prevención, combinándola con medidas de control. Se debe establecer un mecanismo en el que las empresas sean responsables, los órganos gubernamentales ejerzan supervisión, las industrias actúen con autonomía, los trabajadores participen y haya supervisión por parte de la sociedad. De esta manera, se puede lograr una gestión clasificada y un control integral. Artículo 4: Los trabajadores tienen, según la ley, el derecho a contar con protección en materia de salud ocupacional. Las entidades empleadoras deben crear un entorno y condiciones de trabajo que cumplan con los **estándares de salud ocupacional y los requisitos sanitarios**, y tomar medidas para garantizar que los trabajadores reciban la protección necesaria en materia de salud ocupacional. Las organizaciones sindicales supervisan, de conformidad con la ley, las actividades de prevención y control de las enfermedades profesionales, a fin de proteger los derechos e intereses legítimos de los trabajadores. Las entidades empleadoras que establezcan o modifiquen las normas y reglamentos relacionados con la prevención y control de las enfermedades profesionales, deben tomar en consideración las opiniones de los sindicatos. Artículo 5: Las entidades empleadoras deben establecer y mejorar los sistemas de responsabilidad en la prevención y control de las enfermedades profesionales. Deben fortalecer la gestión relacionada con esta área, elevar el nivel de prevención y control de dichas enfermedades, y asumir la responsabilidad por los riesgos que puedan surgir debido a enfermedades profesionales en su propio entorno laboral. Artículo 6: El responsable principal de la entidad empleadora es el encargado de supervisar de manera integral las actividades relacionadas con la prevención y control de las enfermedades profesionales en dicha entidad. Artículo séptimo: Las entidades empleadoras deben adherirse al seguro de accidentes laborales de conformidad con la ley. Los departamentos administrativos de seguridad laboral del Consejo de Estado y de los gobiernos locales a nivel de condado o superior deben fortalecer la supervisión y gestión de los seguros de accidentes laborales, a fin de garantizar que los trabajadores puedan disfrutar de las prestaciones correspondientes conforme a la ley. Artículo 8. Se fomenta y apoya la investigación, el desarrollo, la difusión y la aplicación de nuevas tecnologías, procesos, equipos y materiales que contribuyan a la prevención y control de las enfermedades profesionales y a la protección de la salud de los trabajadores. También se promueve la investigación básica sobre los mecanismos y patrones de aparición de estas enfermedades, con el objetivo de mejorar los niveles científicos y técnicos en su prevención y control. Se debe utilizar activamente tecnologías, procesos, equipos y materiales eficaces para prevenir y controlar las enfermedades profesionales. Por otro lado, se debe restringir o eliminar el uso de aquellas tecnologías, procesos, equipos y materiales que representen un riesgo grave para la salud de los trabajadores. **Fomentar y apoyar la creación de instituciones de rehabilitación médica para enfermedades profesionales. Artículo 9. **Se establecerá un sistema de supervisión de la salud ocupacional.** Los departamentos encargados de la supervisión y gestión de la seguridad en el trabajo, los departamentos de salud y los departamentos responsables de la protección laboral, de acuerdo con las disposiciones de esta ley y las funciones establecidas por el Consejo de Estado, son los encargados de supervisar y gestionar la prevención y control de las enfermedades profesionales a nivel nacional. Los departamentos competentes del Consejo de Estado son responsables, dentro de sus respectivas áreas de competencia, de la supervisión y gestión relacionadas con la prevención y control de las enfermedades profesionales. Los departamentos locales de supervisión y gestión de la seguridad laboral, los departamentos de salud pública y los departamentos de seguridad laboral a nivel de condado o superior, de acuerdo con sus respectivas competencias, son responsables de la supervisión y gestión de la prevención y control de las enfermedades profesionales en sus áreas administrativas. Los departamentos competentes de los gobiernos locales a nivel de condado o superior son responsables, dentro de sus respectivas competencias, de la supervisión y gestión relacionadas con la prevención y control de las enfermedades profesionales. Los departamentos de supervisión y gestión de la seguridad en el trabajo, los departamentos administrativos de salud y los departamentos administrativos de protección laboral a nivel provincial o superior (en lo sucesivo, denominados colectivamente como departamentos de supervisión y gestión de la salud ocupacional) deben fortalecer la comunicación entre sí y colaborar estrechamente. Deben ejercer sus funciones de acuerdo con sus respectivas responsabilidades y asumir las responsabilidades que les corresponden, de conformidad con la ley. Artículo 10: El Consejo de Estado y los gobiernos locales a nivel de condado o superior deben elaborar planes para la prevención y control de las enfermedades profesionales. Dichos planes deben incluirse en los planes nacionales de desarrollo económico y social, y se debe proceder a su implementación. Los gobiernos locales a nivel de condado o superior son los responsables de dirigir, organizar y coordinar las actividades relacionadas con la prevención y control de las enfermedades profesionales en su respectiva área administrativa. Deben establecer sistemas y mecanismos eficaces para ello, así como dirigir y coordinar las acciones necesarias para hacer frente a los incidentes relacionados con la salud ocupacional. Además, deben fortalecer la capacidad para prevenir y controlar estas enfermedades, así como desarrollar sistemas de servicios adecuados. También es necesario asegurar que se cumplan las responsabilidades relacionadas con la prevención y control de las enfermedades profesionales. La población de los pueblos, pueblos étnicos y ciudades **debe cumplir rigurosamente esta ley y apoyar a los organismos encargados de la supervisión de la salud ocupacional en el desempeño de sus funciones conforme a la ley.** Artículo 11: Los departamentos de supervisión y gestión de la salud ocupacional a nivel de condado o superior deben fortalecer las actividades de divulgación e información relacionadas con la prevención de las enfermedades profesionales. Deben difundir los conocimientos necesarios para prevenir estas enfermedades, mejorar la conciencia de los empleadores en este ámbito, y elevar el nivel de concienciación sobre la salud ocupacional entre los trabajadores, así como su capacidad para protegerse a sí mismos y ejercer sus derechos en materia de salud ocupacional. Artículo 12: Las **normas de salud ocupacional** relativas a la prevención y control de las enfermedades profesionales son establecidas y publicadas por el departamento administrativo de salud del Consejo de Estado. La autoridad administrativa encargada de la salud del Consejo de Estado debe llevar a cabo el monitoreo de las enfermedades profesionales más graves y realizar investigaciones específicas, con el fin de evaluar los riesgos para la salud ocupacional. De esta manera, se puede contar con una base científica para establecer estándares de salud ocupacional y políticas para la prevención y control de las enfermedades profesionales. Las autoridades sanitarias locales a nivel de condado o superior deben realizar periódicamente estadísticas y análisis sobre la prevención y control de las enfermedades profesionales en su área administrativa. Artículo 13: Toda persona o entidad tiene el derecho de denunciar y presentar quejas contra aquellos que infrinjan las disposiciones de esta ley. Los departamentos competentes deben tramitar de manera oportuna las denuncias y quejas correspondientes una vez que las reciban. Se otorgan recompensas a las unidades e individuos que hayan logrado resultados destacados en la prevención y control de las enfermedades profesionales. Capítulo II: Prevención preliminarArtículo 14: Las entidades empleadoras deben cumplir con los requisitos establecidos por las leyes y regulaciones, respetando estrictamente las normas de salud ocupacional. Deben implementar medidas para prevenir las enfermedades profesionales, con el fin de controlar y eliminar los riesgos relacionados con estas enfermedades desde su origen. Artículo 15: Además de cumplir con las condiciones de establecimiento previstas en las leyes y regulaciones administrativas, los empleadores que generen riesgos ocupacionales deben asegurarse de que sus lugares de trabajo cumplan con los siguientes requisitos de higiene laboral:
(1) La intensidad o concentración de los factores de riesgo ocupacional debe ajustarse a los **estándares de higiene laboral**;
(2) Deben existir instalaciones adecuadas para la protección contra dichos riesgos;
(3) La distribución del espacio de trabajo debe ser razonable, respetando el principio de separar las actividades peligrosas de las no peligrosas;
(4) Deben disponerse de instalaciones sanitarias complementarias, como vestuarios, duchas y salas de descanso para mujeres embarazadas;
(5) Los equipos, herramientas y utensilios deben cumplir con los requisitos para proteger la salud física y mental de los trabajadores;
(6) Deben cumplirse además otros requisitos legales, reglamentarios y dictados por el departamento administrativo de salud y el órgano de supervisión de la seguridad laboral del Consejo de Estado, relativos a la protección de la salud de los trabajadores. Artículo 16 **Se establece un sistema de declaración de los riesgos relacionados con las enfermedades profesionales.** Si en el lugar de trabajo del empleador existen factores de riesgo relacionados con las enfermedades profesionales enumeradas en la lista correspondiente, este debe informar de manera oportuna y veraz a la autoridad competente encargada de la supervisión de la seguridad laboral sobre dichos riesgos, para así estar sujeto a supervisión. El catálogo de factores de riesgo relacionados con las enfermedades profesionales es establecido, modificado y publicado por el departamento administrativo de salud del Consejo de Estado, en colaboración con el departamento encargado de la supervisión y gestión de la seguridad en el trabajo del Consejo de Estado. Las normas específicas para la declaración de los riesgos relacionados con las enfermedades profesionales serán establecidas por el departamento encargado de la supervisión y gestión de la seguridad en el trabajo, perteneciente al Consejo de Estado. Artículo 17: En los proyectos de construcción nueva, ampliación o reforma, así como en los proyectos de modernización tecnológica e introducción de tecnologías nuevas (en lo sucesivo, denominados conjuntamente “proyectos de construcción”), que puedan generar riesgos relacionados con enfermedades profesionales, la entidad responsable de la construcción debe realizar una evaluación preliminar de dichos riesgos durante la fase de estudio de viabilidad. En los proyectos de construcción de establecimientos médicos que puedan generar riesgos relacionados con enfermedades profesionales por radiación, la entidad responsable de la construcción debe presentar un informe de evaluación preliminar de dichos riesgos a la autoridad sanitaria competente. La autoridad administrativa encargada de la salud debe tomar una decisión sobre la evaluación preliminar dentro de los treinta días siguientes a la recepción del informe correspondiente, y notificar por escrito a la entidad responsable de la construcción dicha decisión. No se puede iniciar la construcción si no se presenta un informe de evaluación preliminar, o bien, si dicho informe no ha sido aprobado por la autoridad sanitaria competente. El informe de evaluación preliminar de los riesgos ocupacionales debe evaluar los posibles factores de riesgo ocupacional que pueda generar el proyecto de construcción, así como su impacto en el lugar de trabajo y en la salud de los trabajadores; además, debe determinar la categoría del riesgo y las medidas de prevención de enfermedades profesionales. Las medidas para la clasificación y gestión de los riesgos ocupacionales en proyectos de construcción serán establecidas por el departamento estatal de supervisión de la seguridad en el trabajo. Artículo 18: Los costos necesarios para la instalación de las medidas de protección contra enfermedades profesionales en los proyectos de construcción deben incluirse en el presupuesto del proyecto. Dichas medidas deben diseñarse, construirse y ponerse en funcionamiento al mismo tiempo que las obras principales del proyecto. El diseño de las instalaciones de protección contra las enfermedades profesionales en los proyectos de construcción debe cumplir con las **normas y requisitos de salud ocupacional*. En particular, el diseño de las instalaciones de protección para aquellos proyectos de construcción en establecimientos médicos donde existen riesgos graves relacionados con las radiaciones, debe ser aprobado por la autoridad sanitaria antes de que se pueda comenzar su construcción. Antes de la finalización y aceptación del proyecto de construcción, la entidad responsable de su ejecución debe realizar una evaluación de la eficacia de las medidas tomadas para controlar los riesgos relacionados con las enfermedades profesionales. En el momento de la aceptación final de las obras de construcción en instituciones médicas que puedan generar riesgos ocupacionales por radiación, las instalaciones de protección contra enfermedades profesionales por radiación solo podrán ponerse en funcionamiento después de haber sido aprobadas por la autoridad sanitaria. En cuanto a las instalaciones de protección contra enfermedades profesionales en otros proyectos de construcción, corresponde al promotor del proyecto organizar su aceptación conforme a la ley; una vez aprobadas, podrán ser puestas en producción y uso. Los departamentos encargados de la supervisión y gestión de la seguridad en la producción deben fortalecer la supervisión y verificación de las actividades de inspección realizadas por las empresas constructoras, así como de los resultados de dichas inspecciones. Artículo diecinueve: **Se aplica una gestión especial a las actividades que involucran radiación, sustancias altamente tóxicas o polvos peligrosos.** Las normas específicas de gestión serán establecidas por el Consejo de Estado. Capítulo III: Protección y gestión durante el proceso laboral
Artículo 20: Las entidades empleadoras deben adoptar las siguientes medidas para la prevención y control de las enfermedades profesionales:
1) Establecer o designar un órgano u organización encargada de la salud ocupacional, y asignar personal dedicado o parcialmente dedicado a esta tarea, con el fin de que se encargue de la prevención y control de las enfermedades profesionales en la empresa.
2) Elaborar planes y procedimientos para la prevención y control de las enfermedades profesionales.
3) Establecer y mejorar los sistemas y procedimientos relacionados con la salud ocupacional.
4) Crear y mantener registros relacionados con la salud ocupacional y con el seguimiento de la salud de los trabajadores.
5) Establecer y mejorar sistemas para la vigilancia y evaluación de los factores de riesgo relacionados con las enfermedades profesionales en el lugar de trabajo.
6) Crear y mejorar planes de emergencia para hacer frente a accidentes relacionados con las enfermedades profesionales. Artículo 21: Las entidades empleadoras deben garantizar la financiación necesaria para la prevención y control de las enfermedades profesionales. No deben desviar ni utilizar esos fondos para otros fines, y deben asumir la responsabilidad por las consecuencias que puedan derivarse de una financiación insuficiente. Artículo 22: Los empleadores deben utilizar medidas eficaces de protección contra enfermedades profesionales y proporcionar a los trabajadores equipos de protección individual contra dichas enfermedades. Los equipos de protección contra enfermedades profesionales que las empresas proporcionan a los trabajadores deben cumplir con los requisitos establecidos para la prevención y control de dichas enfermedades. Aquellos que no cumplan con dichos requisitos no pueden ser utilizados. Artículo 23: Los empleadores deben dar preferencia a la adopción de nuevas tecnologías, procesos, equipos y materiales que contribuyan a la prevención y control de las enfermedades profesionales y a la protección de la salud de los trabajadores, reemplazando gradualmente aquellas tecnologías, procesos, equipos y materiales que representen un alto riesgo para la salud laboral. Artículo 24: Las entidades empleadoras que generen riesgos relacionados con las enfermedades profesionales deben colocar tableros de anuncios en lugares bien visibles, donde se publiquen las normas y procedimientos relacionados con la prevención y control de estas enfermedades, las medidas de emergencia para hacer frente a accidentes causados por dichas enfermedades, así como los resultados de las pruebas realizadas para detectar los factores de riesgo en el lugar de trabajo. En los puestos de trabajo que generan graves riesgos para la salud ocupacional, deben colocarse señales de advertencia y instrucciones en idioma chino en lugares bien visibles. Las advertencias deben incluir información sobre los tipos de riesgos ocupacionales para la salud, sus consecuencias, medidas de prevención y procedimientos de primeros auxilios. Artículo 25: En los lugares de trabajo donde exista riesgo de sufrir lesiones ocupacionales agudas debido a sustancias tóxicas o nocivas, el empleador deberá instalar dispositivos de alarma, proporcionar equipos de primeros auxilios, dispositivos de lavado, vías de evacuación de emergencia y zonas de seguridad necesarias para contener cualquier peligro. En los lugares de trabajo donde se utiliza radiación, así como en el transporte y almacenamiento de isótopos radiactivos, las empresas empleadoras deben disponer de equipos de protección y dispositivos de alarma, para garantizar que los trabajadores que están en contacto con las radiaciones lleven contadores de dosis personales. En cuanto al equipo de protección contra enfermedades profesionales, las instalaciones de emergencia y los artículos de protección personal para uso individual, las empresas empleadoras deben realizar su mantenimiento y reparación de forma regular. También es necesario verificar periódicamente su rendimiento y eficacia, a fin de asegurarse de que estén en buen estado. No se permite desmontarlos o dejar de utilizarlos sin autorización. Artículo 26: Las entidades empleadoras deben llevar a cabo un monitoreo diario de los factores de riesgo relacionados con las enfermedades profesionales, a cargo de personal especializado. Además, deben asegurarse de que el sistema de monitoreo funcione correctamente. Las entidades empleadoras deben realizar, de forma periódica y de acuerdo con las normas establecidas por el departamento estatal encargado de la supervisión de la seguridad en el trabajo, pruebas y evaluaciones de los factores que pueden causar enfermedades profesionales en el lugar de trabajo. Los resultados de las pruebas y evaluaciones se registran en el archivo de salud ocupacional de la empresa empleadora. Se informa periódicamente a los organismos competentes encargados de la supervisión de la seguridad en el trabajo, y también se hacen públicos estos datos entre los trabajadores. La detección y evaluación de los factores de riesgo relacionados con las enfermedades profesionales es realizada por instituciones técnicas especializadas en salud ocupacional, establecidas de conformidad con la ley y que cuentan con la aprobación correspondiente por parte del departamento encargado de la supervisión de la seguridad laboral, ya sea a nivel del Consejo de Estado o de los departamentos locales a nivel municipal o superior, según las competencias asignadas a cada uno. Las pruebas y evaluaciones realizadas por las entidades de servicios técnicos en materia de salud ocupacional deben ser objetivas y veraces. Cuando se descubre que los factores de riesgo relacionados con las enfermedades profesionales en el lugar de trabajo no cumplen con las **normas de salud ocupacional y los requisitos sanitarios**, la empresa empleadora debe tomar de inmediato las medidas necesarias para corregir la situación. Si aún así no se logra cumplir con dichas normas y requisitos, es necesario detener las actividades que generan esos factores de riesgo. Solo cuando estos factores de riesgo se hayan corregido y cumplan con las **normas de salud ocupacional y los requisitos sanitarios**, se podrá reanudar la actividad. Artículo 27: Las instituciones de servicios técnicos de higiene ocupacional realizan, conforme a la ley, las tareas de detección y evaluación de los factores de riesgo ocupacional, y están sujetas a la supervisión e inspección por parte del departamento de supervisión y gestión de la seguridad en el trabajo. Los departamentos de supervisión y gestión de la seguridad en el trabajo deben ejercer sus funciones de supervisión de conformidad con la ley. Artículo 28: Cuando se suministren a la empresa empleadora equipos que puedan causar enfermedades profesionales, debe proporcionarse un manual en idioma chino. Además, deben colocarse señales de advertencia y instrucciones en idioma chino en lugares bien visibles del equipo. Las instrucciones de advertencia deben indicar el rendimiento del equipo, los posibles riesgos relacionados con enfermedades profesionales, las precauciones para su operación y mantenimiento seguros, las medidas de protección contra enfermedades profesionales, así como las acciones a tomar en situaciones de emergencia. Artículo 29: Quien suministre a los empleadores productos químicos, isótopos radiactivos y materiales que contengan sustancias radiactivas, los cuales puedan causar riesgos ocupacionales para la salud, deberá proporcionar un manual de instrucciones en idioma chino. La instrucción debe indicar las características del producto, sus ingredientes principales, los factores dañinos presentes, las posibles consecuencias negativas, las precauciones para su uso seguro, las medidas de protección contra enfermedades profesionales y los procedimientos de emergencia. El empaque del producto debe contener señales de advertencia visibles y instrucciones en chino. En los lugares donde se almacenan los materiales mencionados, deben colocarse señales que indiquen que se trata de sustancias peligrosas o señales de advertencia relacionadas con la radiación, en los lugares correspondientes. Cuando se utiliza por primera vez en el país, o se importa por primera vez, algún material químico relacionado con los riesgos derivados de las enfermedades profesionales, la entidad que lo utiliza o la que lo importa debe, según lo establecido en las normativas, obtener la aprobación de los departamentos competentes del Consejo de Estado. Posteriormente, dicha entidad debe presentar ante el departamento administrativo de salud del Consejo de Estado y el departamento encargado de la supervisión de la seguridad en el trabajo información sobre la toxicidad de dicho material químico, así como los documentos que demuestren su registro o la autorización para su importación. La importación de isotopos radiactivos, dispositivos de radiación y artículos que contengan sustancias radiactivas se realizará de conformidad con **las disposiciones pertinentes**. Artículo 30: Ninguna entidad ni persona podrá producir, operar, importar o utilizar equipos o materiales cuyo uso esté expresamente prohibido, ya que podrían causar enfermedades profesionales. Artículo 31: Ninguna unidad ni individuo podrá transferir trabajos que generen riesgos para la salud ocupacional a unidades o individuos que no cuenten con las condiciones necesarias para la prevención de enfermedades ocupacionales. Las unidades y personas que no cuenten con las condiciones necesarias para la prevención de enfermedades profesionales no podrán realizar trabajos que generen riesgos de dichas enfermedades. Artículo 32: Las entidades empleadoras deben conocer los riesgos que conllevan las tecnologías, procesos, equipos y materiales que utilizan. Si ocultan esos riesgos y siguen utilizando dichas tecnologías, procesos, equipos y materiales, serán responsables de las consecuencias negativas que esto pueda causar en términos de enfermedades profesionales. Artículo 33: Cuando el empleador celebra un contrato laboral con el trabajador (incluidos los contratos de empleo, en lo sucesivo), debe informarle de manera veraz sobre los riesgos relacionados con las enfermedades profesionales que pueden surgir durante el desempeño de sus funciones, así como sobre las medidas de protección y las prestaciones correspondientes. Todo esto debe quedar reflejado en el contrato laboral; no se permite ocultar ni engañar al trabajador. Cuando, durante el período en que el contrato de trabajo ya está vigente, el trabajador deba desempeñar tareas que impliquen riesgos para su salud ocupacional —no mencionadas en dicho contrato— debido a un cambio en su puesto o en sus funciones, el empleador deberá, conforme a lo dispuesto en el párrafo anterior, informarle fielmente al trabajador y negociar la modificación de las cláusulas pertinentes del contrato de trabajo original. Si el empleador incumple lo dispuesto en los dos párrafos anteriores, el trabajador tiene derecho a negarse a realizar tareas que impliquen riesgos de enfermedades profesionales. El empleador no puede, por ello, rescindir el contrato laboral establecido con el trabajador. Artículo 34: El responsable principal de la unidad empleadora y el personal encargado de la higiene laboral deberán recibir capacitación en higiene laboral, cumplir con las leyes y regulaciones relativas a la prevención y control de enfermedades profesionales, y organizar legalmente las actividades de prevención y control de dichas enfermedades en su unidad. El empleador deberá impartir al trabajador capacitación en higiene laboral antes de su ingreso al trabajo y capacitaciones periódicas durante su permanencia en el puesto, difundiendo conocimientos sobre higiene laboral; además, deberá velar por que el trabajador cumpla con las leyes, reglamentos, normativas y procedimientos operativos relativos a la prevención y control de enfermedades profesionales, y guiarlo en el uso correcto del equipo de protección contra enfermedades profesionales y de los elementos de protección personal correspondientes. Los trabajadores deben aprender y dominar los conocimientos relacionados con la salud ocupacional, fortalecer su conciencia sobre la prevención de las enfermedades profesionales, respetar las leyes, regulaciones, normas y procedimientos operativos relacionados con su prevención. También deben utilizar y mantener adecuadamente los equipos de protección contra enfermedades profesionales, así como los artículos de protección personal. Cuando detecten posibles riesgos relacionados con enfermedades profesionales, deben informar al respecto de inmediato. Si el trabajador no cumple con las obligaciones establecidas en el párrafo anterior, la empresa empleadora deberá educarlo al respecto. Artículo 35: En el caso de los trabajadores que realizan tareas expuestos a riesgos relacionados con enfermedades profesionales, la empresa empleadora debe organizar exámenes de salud ocupacional antes de que comiencen a trabajar, durante su período de empleo y al final de este. Además, debe informar por escrito a los trabajadores sobre los resultados de dichos exámenes. Los costos de los exámenes médicos de salud ocupacional son asumidos por el empleador. Las entidades empleadoras no deben asignar a los trabajadores que no hayan pasado un examen médico de salud ocupacional antes de comenzar a trabajar, tareas que impliquen exposición a riesgos relacionados con enfermedades profesionales. Tampoco deben asignar a aquellos trabajadores que tienen contraindicaciones laborales, tareas para las cuales están prohibidos trabajar. En el caso de aquellos trabajadores en los que se detecten daños a la salud relacionados con su ocupación durante el examen médico de salud ocupacional, debe procederse a trasladarlos de su puesto de trabajo y encontrarles un lugar adecuado donde trabajar. No se puede rescindir ni terminar el contrato laboral con aquellos trabajadores que aún no han pasado el examen médico de salud ocupacional antes de dejar su puesto de trabajo. Los exámenes de salud ocupacional deben ser realizados por instituciones médicas aprobadas por los departamentos administrativos de salud del pueblo a nivel provincial o superior. Artículo 36: El empleador debe crear un registro de seguimiento de la salud ocupacional para los trabajadores, y conservarlo adecuadamente durante el plazo establecido. El expediente de vigilancia de la salud ocupacional debe incluir información personal relacionada con la salud del trabajador, como su historial laboral, su exposición a riesgos relacionados con enfermedades profesionales, los resultados de los exámenes de salud ocupacional y el tratamiento de las enfermedades profesionales. Cuando los trabajadores dejan su empleador, tienen derecho a solicitar una copia de su historial médico relacionado con la salud ocupacional. El empleador debe proporcionar dicha copia de manera veraz y gratuita, y firmarla. Artículo 37: Cuando ocurre o es posible que ocurra un accidente relacionado con enfermedades profesionales agudas, el empleador debe tomar de inmediato medidas de emergencia y control, y también debe informar a tiempo a los departamentos encargados de la supervisión de la seguridad en el trabajo y a las autoridades competentes. Una vez que el departamento encargado de la supervisión y gestión de la seguridad en el trabajo recibe la denuncia, debe organizar de inmediato una investigación junto con los departamentos competentes. Si es necesario, se pueden tomar medidas de control temporales. Las autoridades sanitarias deben organizar adecuadamente los servicios de atención médica. Los empleadores deben organizar de inmediato la atención médica necesaria para los trabajadores que han sufrido o podrían sufrir daños por enfermedades profesionales agudas. También deben realizar exámenes médicos y observaciones clínicas; los costos correspondientes corren a cargo del empleador. Artículo 38: Las entidades empleadoras no deben asignar a los trabajadores menores de edad tareas que impliquen exposición a riesgos relacionados con enfermedades profesionales. Tampoco deben asignar a las mujeres que están embarazadas o en período de lactancia tareas que puedan ser perjudiciales para ellas mismas, así como para el feto o el bebé. Artículo 39: Los trabajadores tienen los siguientes derechos en materia de protección de la salud ocupacional:
1. Derecho a recibir educación y capacitación en temas relacionados con la salud ocupacional.
2. Derecho a recibir exámenes médicos relacionados con la salud ocupacional, así como servicios de diagnóstico y tratamiento de enfermedades profesionales, además de servicios de rehabilitación.
3. Derecho a conocer los factores que pueden causar enfermedades profesionales en el lugar de trabajo, las consecuencias de dichos factores y las medidas de protección que deben tomarse.
4. Derecho a solicitar al empleador que proporcione equipos de protección adecuados para prevenir enfermedades profesionales, así como artículos de protección personal, con el fin de mejorar las condiciones de trabajo.
5. Derecho a criticar, denunciar y presentar quejas por cualquier incumplimiento de las leyes y regulaciones relacionadas con la prevención de enfermedades profesionales, así como por cualquier acción que ponga en peligro la vida o la salud de los trabajadores.
6. Derecho a rechazar órdenes que vayan en contra de las normas de seguridad laboral y a negarse a realizar tareas sin las medidas de protección necesarias.
7. Derecho a participar en la gestión de las actividades relacionadas con la salud ocupacional en la empresa, y a ofrecer sugerencias y opiniones sobre cómo mejorar dichas medidas de protección. El empleador debe garantizar que los trabajadores puedan ejercer los derechos enumerados en el párrafo anterior. Es nulo todo acto por el cual se reduzcan los salarios, beneficios u otros derechos de los trabajadores debido al ejercicio legítimo de sus derechos, o bien se rescinda o termine el contrato laboral con ellos. Artículo 40: Las organizaciones sindicales deben supervisar y ayudar a los empleadores en la realización de actividades de educación y capacitación relacionadas con la salud ocupacional. Tienen el derecho de hacer sugerencias y recomendaciones respecto a las medidas que deben tomarse para prevenir y controlar las enfermedades profesionales. Además, pueden representar legalmente a los trabajadores para firmar contratos colectivos relacionados con la seguridad y salud laboral. También pueden coordinarse con los empleadores para resolver los problemas relacionados con la prevención y control de las enfermedades profesionales que planteen los trabajadores. Las organizaciones sindicales tienen el derecho de exigir que se corrijan las acciones de los empleadores que violen las leyes y regulaciones relacionadas con la prevención de enfermedades profesionales, así como aquellos actos que atenten contra los derechos legítimos de los trabajadores. Cuando existen riesgos graves relacionados con enfermedades profesionales, tienen el derecho de exigir que se tomen medidas de protección, o bien de proponer a las autoridades competentes que se adopten medidas obligatorias. En caso de accidentes relacionados con enfermedades profesionales, tienen el derecho de participar en la investigación y resolución del mismo. Cuando se detectan situaciones que ponen en peligro la vida y la salud de los trabajadores, tienen el derecho de proponer al empleador que organice la evacuación de los trabajadores del lugar peligroso; el empleador debe actuar de inmediato al respecto. Artículo 41: Los costos que incurren las empresas empleadoras para cumplir con los requisitos de prevención y control de las enfermedades profesionales, como los gastos relacionados con la prevención y gestión de los riesgos laborales, las pruebas de higiene en el lugar de trabajo, el monitoreo de la salud de los trabajadores y la formación en temas de salud ocupacional, se incluyen en los costos de producción, de acuerdo con las **disposiciones aplicables**. Artículo 42: Los departamentos encargados de la supervisión y gestión de la salud ocupacional deben, de acuerdo con sus competencias, supervisar y verificar que las empresas apliquen las medidas necesarias para proteger a los trabajadores contra las enfermedades profesionales. Deben ejercer sus funciones conforme a la ley y asumir las responsabilidades que les corresponden. Capítulo Cuarto: Diagnóstico de las enfermedades profesionales y protección de los pacientes afectados por ellas. Artículo 43: Las instituciones médicas y sanitarias que se encargan del diagnóstico de las enfermedades profesionales deben contar con la aprobación de los departamentos administrativos de salud de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente bajo el gobierno central. Las autoridades sanitarias de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente bajo el gobierno central deben hacer pública la lista de los establecimientos médicos que se encargan del diagnóstico de enfermedades profesionales en sus respectivas áreas administrativas. Las instituciones médicas y de salud que se encargan del diagnóstico de enfermedades profesionales deben cumplir con las siguientes condiciones: (i) contar con un permiso de operación para ser institución médica; (ii) disponer de personal médico y técnico capacitado para realizar el diagnóstico de enfermedades profesionales; (iii) tener los instrumentos y equipos necesarios para llevar a cabo dicho diagnóstico; (iv) contar con un sistema eficaz de gestión de la calidad en el diagnóstico de enfermedades profesionales. Las instituciones sanitarias encargadas del diagnóstico de enfermedades profesionales no pueden negarse a atender las solicitudes de los trabajadores para que se les realice dicho diagnóstico. Artículo 44: Los trabajadores pueden someterse a un diagnóstico de enfermedades profesionales en los establecimientos médicos y de salud ubicados en el lugar donde se encuentra la empresa empleadora, en el lugar donde está registrado su domicilio o en el lugar donde residen habitualmente. Artículo 45: Los criterios para el diagnóstico de las enfermedades profesionales, así como los procedimientos para su diagnóstico e identificación, serán establecidos por el departamento administrativo de salud del Consejo de Estado. Los métodos para determinar los grados de discapacidad por enfermedades profesionales son establecidos conjuntamente por el departamento administrativo encargado de los asuntos laborales del Consejo de Estado y el departamento administrativo encargado de la salud del Consejo de Estado. Artículo 46. Para el diagnóstico de las enfermedades profesionales, se debe realizar un análisis integral de los siguientes factores: (i) el historial profesional del paciente; (ii) el historial de exposición a riesgos relacionados con enfermedades profesionales y las condiciones en el lugar de trabajo que puedan causar dichas enfermedades; (iii) los síntomas clínicos y los resultados de los exámenes complementarios. Si no existen pruebas que nieguen la relación inevitable entre los factores de riesgo relacionados con las enfermedades profesionales y los síntomas clínicos del paciente, entonces se debe diagnosticar como enfermedad profesional. Las instituciones sanitarias encargadas del diagnóstico de las enfermedades profesionales deben, al realizar dicho diagnóstico, organizar un grupo formado por tres o más médicos titulados para ello. El certificado de diagnóstico de enfermedades profesionales debe ser firmado por los médicos que participan en el diagnóstico, y además debe ser revisado y sellado por la institución médica encargada del diagnóstico de enfermedades profesionales. Artículo 47: Las entidades empleadoras deben proporcionar de manera veraz toda la información necesaria para el diagnóstico y determinación de las enfermedades profesionales, como el historial laboral del trabajador, los antecedentes de exposición a riesgos ocupacionales, así como los resultados de las pruebas relacionadas con los factores de riesgo en el lugar de trabajo. Los organismos encargados de la supervisión y regulación de la seguridad en el trabajo deben supervisar y exigir que las entidades empleadoras proporcionen dicha información. Los trabajadores y las instituciones relevantes también deben ofrecer toda la información necesaria para el diagnóstico y determinación de las enfermedades profesionales. Cuando las instituciones encargadas del diagnóstico y la evaluación de las enfermedades profesionales necesitan conocer los factores de riesgo relacionados con las enfermedades profesionales en el lugar de trabajo, pueden realizar inspecciones in situ. También pueden solicitarlo a los departamentos encargados de la supervisión y gestión de la seguridad en el trabajo; dichos departamentos deben organizar una inspección in situ dentro de los diez días siguientes. El empleador no puede negarse ni obstaculizarlo. Artículo 48: Durante el proceso de diagnóstico e identificación de enfermedades profesionales, si el empleador no proporciona información como los resultados de las pruebas relacionadas con los factores de riesgo en el lugar de trabajo, la institución encargada del diagnóstico e identificación debe tomar en consideración los síntomas clínicos del trabajador, los resultados de los exámenes complementarios, así como su historial laboral y su exposición a factores de riesgo relacionados con enfermedades profesionales. Además, se deben tener en cuenta las declaraciones del propio trabajador y la información proporcionada por los departamentos encargados de la supervisión de la seguridad laboral. Con base en todo esto, se emitirá un diagnóstico o una determinación respecto a la enfermedad profesional. Si los trabajadores tienen objeciones respecto a los resultados de las pruebas realizadas para detectar los factores de riesgo relacionados con las enfermedades profesionales en el lugar de trabajo, proporcionados por su empleador, o si el empleador se disuelve o entra en quiebra y ya no puede proporcionar dicha información, entonces las instituciones encargadas del diagnóstico y la evaluación deben solicitar a los departamentos responsables de la supervisión de la seguridad laboral que realicen una investigación. Dichos departamentos deben emitir un dictamen sobre los datos en cuestión o sobre los factores de riesgo en el lugar de trabajo, dentro de los treinta días siguientes a la recepción de la solicitud. Los departamentos competentes deben cooperar en esto. Artículo 49: Durante el proceso de diagnóstico e identificación de enfermedades profesionales, cuando se determina el historial laboral del trabajador y su exposición a riesgos relacionados con enfermedades profesionales, si las partes tienen disputas respecto a la relación laboral, el tipo de trabajo, el puesto de trabajo o el tiempo que han estado trabajando, pueden solicitar un arbitraje ante el comité local de arbitraje en materia laboral. El comité de arbitraje recibirá la solicitud y deberá emitir un fallo dentro de los treinta días. Las partes tienen la responsabilidad de aportar pruebas para respaldar las afirmaciones que presentan durante el proceso de arbitraje. Si el trabajador no puede proporcionar las pruebas relacionadas con las reclamaciones presentadas ante el tribunal arbitral, que están en poder del empleador, entonces el tribunal arbitral deberá exigir al empleador que las proporcione dentro de un plazo determinado. Si el empleador no lo hace, deberá asumir las consecuencias negativas que ello conlleva. Si los trabajadores no están de acuerdo con la decisión del tribunal arbitral, pueden presentar una demanda ante el tribunal popular conforme a la ley. Si el empleador no está de acuerdo con la decisión del tribunal arbitral, puede presentar una demanda ante el tribunal judicial dentro de los quince días siguientes a la finalización del proceso de diagnóstico y evaluación de la enfermedad profesional. Durante el proceso judicial, los costos de tratamiento del trabajador se cubren según las normas establecidas para los casos de enfermedades profesionales. Artículo 50: Cuando las entidades empleadoras y los establecimientos de salud detecten a personas afectadas por enfermedades profesionales o sospechosas de tenerlas, deben informar de inmediato a la autoridad sanitaria local y al departamento encargado de la supervisión de la seguridad en el trabajo. En los casos en que se confirme que se trata de una enfermedad profesional, la empresa empleadora también debe informar a la autoridad administrativa encargada de la protección laboral en la zona donde se encuentra. El departamento que reciba el informe debe tomar las medidas correspondientes de acuerdo con la ley. Artículo 51: Las autoridades sanitarias a nivel de condado o superior son responsables de gestionar la elaboración de los informes estadísticos relacionados con las enfermedades profesionales en su respectiva área administrativa, y deben presentar dichos informes según lo establecido en la normativa aplicable. Artículo 52: Si las partes tienen objeciones respecto al diagnóstico de una enfermedad profesional, pueden solicitar una evaluación ante la autoridad sanitaria local competente, en el lugar donde se realizó el diagnóstico. Las disputas relacionadas con el diagnóstico de enfermedades profesionales son resueltas por los departamentos administrativos de salud a nivel municipal o superior, quienes, a petición de las partes involucradas, organizan comités de evaluación para realizar el diagnóstico de dichas enfermedades. Si la parte interesada no está de acuerdo con las conclusiones del comité municipal encargado del diagnóstico y evaluación de las enfermedades profesionales, puede solicitar una nueva evaluación ante la autoridad administrativa sanitaria provincial, autónoma o de la ciudad directamente bajo el gobierno central. Artículo 53: El comité de diagnóstico y evaluación de las enfermedades profesionales está compuesto por expertos en las áreas correspondientes. Las autoridades sanitarias provinciales, de las regiones autónomas y de las ciudades directamente bajo el gobierno central deben crear una base de datos con expertos relevantes. Cuando sea necesario realizar un diagnóstico o evaluación en relación con enfermedades profesionales, las partes involucradas o las autoridades sanitarias competentes pueden seleccionar, de forma aleatoria, a los expertos que formarán parte del comité encargado de realizar dicho diagnóstico o evaluación. El comité de diagnóstico y evaluación de enfermedades profesionales debe realizar dichos diagnósticos de acuerdo con los estándares establecidos por el departamento administrativo de salud del Consejo de Estado, así como con las normas relativas al diagnóstico y evaluación de enfermedades profesionales. Además, debe emitir un informe de diagnóstico y evaluación a la persona afectada. Los costos de diagnóstico y evaluación de las enfermedades profesionales son asumidos por el empleador. Artículo 54: Los miembros del Comité de Diagnóstico e Identificación de Enfermedades Profesionales deben observar la ética profesional, realizar el diagnóstico e identificación de manera objetiva y imparcial, y asumir las responsabilidades correspondientes. Los miembros del comité de diagnóstico y evaluación de enfermedades profesionales no deben tener contacto privado con las partes involucradas, ni aceptar bienes u otros beneficios de ellas. Aquellos que tengan intereses personales en relación con las partes involucradas deben abstenerse de participar en el proceso. Cuando los tribunales populares admitan casos que requieran una evaluación de enfermedades profesionales, deberán seleccionar a los expertos para dicha evaluación de la correspondiente lista de expertos establecida legalmente por los departamentos administrativos de salud populares de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente bajo el Gobierno Central. Artículo 55: Cuando los establecimientos médicos y de salud detecten a un trabajador que podría padecer una enfermedad profesional, deberán informar al propio trabajador y notificar de inmediato al empleador. El empleador debe organizar de manera oportuna el diagnóstico de los trabajadores con sospecha de enfermedad profesional; durante el diagnóstico o la observación médica de dichos trabajadores, no se podrá rescindir ni terminar el contrato de trabajo celebrado con ellos. Los costos durante el diagnóstico y la observación médica de los trabajadores con sospecha de enfermedad profesional serán asumidos por el empleador. Artículo 56: El empleador debe garantizar que los trabajadores afectados por enfermedades profesionales reciban, de conformidad con la ley, las prestaciones por enfermedades profesionales **establecidas**. Las entidades empleadoras deben, de acuerdo con las **normativas aplicables**, organizar el tratamiento, la rehabilitación y los exámenes periódicos para las personas afectadas por enfermedades profesionales. Los empleadores deben reasignar a puestos diferentes a los trabajadores con enfermedades profesionales que no puedan seguir desempeñando sus funciones originales, y proporcionarles una colocación adecuada. Las entidades empleadoras deben otorgar un subsidio adecuado a los trabajadores que realizan tareas expuestos a riesgos relacionados con enfermedades profesionales. Artículo 57: Los costos relacionados con el diagnóstico, tratamiento y rehabilitación de los pacientes afectados por enfermedades profesionales, así como la seguridad social para aquellos que sufren discapacidades o pierden su capacidad laboral debido a estas enfermedades, se regirán según las **disposiciones relativas al seguro de accidentes de trabajo**. Artículo 58: Los pacientes con enfermedades profesionales, además de tener derecho a la indemnización por accidentes de trabajo según lo establecido por la ley, también tienen derecho a recibir compensación conforme a las leyes civiles aplicables. Por lo tanto, pueden solicitar dicha indemnización al empleador. Artículo 59: Cuando a un trabajador se le diagnostica una enfermedad profesional, pero la empresa empleadora no está cubierta por el seguro de accidentes laborales según lo establecido por la ley, entonces la empresa será responsable de su atención médica y de sus necesidades básicas. Artículo 60: Cuando un trabajador afectado por una enfermedad profesional cambia de lugar de trabajo, los beneficios a los que tiene derecho conforme a la ley no se ven afectados. Cuando una empresa se divide, se fusiona, se disuelve o entra en quiebra, debe realizar exámenes médicos a los trabajadores que realizan tareas expuestos a riesgos relacionados con enfermedades profesionales. Además, debe ocuparse adecuadamente de esos trabajadores afectados por enfermedades profesionales, de acuerdo con las **normativas aplicables**. Artículo 61: Los trabajadores que padecen enfermedades profesionales y cuyo empleador ya no existe o no es posible determinar la relación laboral con él, pueden solicitar ayuda médica y apoyo en otros aspectos relacionados con su vida a los departamentos de asuntos civiles de las autoridades locales. Los órganos populares a todos los niveles locales **deben adoptar otras medidas, según las condiciones reales de cada región, para que los pacientes afectados por enfermedades profesionales puedan recibir atención médica adecuada.** Capítulo V: Supervisión e inspección
Artículo 62: Los departamentos de supervisión y gestión de la salud ocupacional, a nivel de condado o superior, llevarán a cabo inspecciones y supervisiones relacionadas con la prevención y control de las enfermedades profesionales, de conformidad con las leyes y regulaciones sobre este tema, así como con los estándares y requisitos de salud ocupacional. Estas actividades se realizan dentro del marco de las competencias asignadas a dichos departamentos. Artículo 63: Al desempeñar sus funciones de supervisión y control en materia de seguridad laboral, los departamentos encargados de ello tienen derecho a tomar las siguientes medidas: (i) ingresar a las unidades que se inspeccionan y a los lugares donde existen riesgos relacionados con las enfermedades profesionales, con el fin de conocer la situación y recopilar pruebas; (ii) examinar o copiar los documentos relacionados con las infracciones a las leyes y regulaciones sobre prevención de enfermedades profesionales, así como tomar muestras; (iii) ordenar a las unidades e individuos que infrinjan dichas leyes y regulaciones que cesen dichas actividades ilícitas. Artículo 64: En caso de que ocurra un accidente relacionado con enfermedades profesionales, o cuando existan pruebas de que la situación actual podría provocar tales accidentes, el departamento encargado de la supervisión y gestión de la seguridad en el trabajo puede tomar las siguientes medidas de control temporal: (i) Ordenar la suspensión de las actividades que causan los accidentes relacionados con enfermedades profesionales; (ii) Sellar los materiales y equipos que causan dichos accidentes o que podrían provocarlos; (iii) Organizar el control de la situación en el lugar donde ocurre el accidente. Una vez que los accidentes relacionados con enfermedades profesionales o las situaciones de riesgo hayan sido controlados de manera efectiva, los organismos encargados de la supervisión y gestión de la seguridad en el trabajo deben eliminar oportunamente las medidas de control. Artículo 65: Los agentes encargados de la supervisión en materia de salud ocupacional, al desempeñar sus funciones conforme a la ley, deben mostrar su identificación como tales. Los agentes encargados de la supervisión de la salud ocupacional deben ser leales a sus deberes, aplicar la ley de manera imparcial y respetar estrictamente las normas legales. En cuanto a los secretos relacionados con las empresas empleadoras, deben mantenerlos en confidencialidad. Artículo 66: Cuando los funcionarios encargados de la supervisión de la salud ocupacional desempeñan sus funciones conforme a la ley, las entidades sometidas a inspección deben aceptarla y brindar su cooperación; no pueden negarse ni obstaculizar dicha inspección. Artículo 67: Las autoridades encargadas de la salud, los departamentos de supervisión de la seguridad en el trabajo y los funcionarios encargados de la supervisión de las condiciones laborales no deben cometer las siguientes acciones al desempeñar sus funciones: (1) Emitir documentos de certificación o permisos relacionados con proyectos de construcción a aquellos que no cumplen con los requisitos legales; (2) No llevar a cabo inspecciones y supervisiones en aquellos casos en los que ya se han emitido los documentos de certificación correspondientes; (3) No tomar medidas de control de manera oportuna cuando se detectan riesgos relacionados con enfermedades profesionales en los lugares de trabajo, lo cual podría causar accidentes relacionados con dichas enfermedades; (4) Cualquier otra acción que viole las disposiciones de esta ley. Artículo 68: Los funcionarios encargados de la supervisión de la salud ocupacional deben contar con la cualificación necesaria, conforme a lo establecido por la ley. Los organismos encargados de la supervisión y gestión de la salud ocupacional deben fortalecer su equipo de trabajo, mejorar las competencias políticas y profesionales de los funcionarios encargados de la supervisión en este ámbito. De acuerdo con las disposiciones de esta ley y otras leyes y regulaciones relevantes, deben establecer sistemas internos de supervisión para controlar el cumplimiento de las leyes y regulaciones por parte de sus empleados, así como su cumplimiento de las normas disciplinarias. Capítulo VI: Responsabilidades legales
Artículo 69: Si la entidad responsable de la construcción incumple las disposiciones de esta ley y comete alguna de las siguientes acciones, los departamentos encargados de la supervisión de la seguridad en el trabajo y los departamentos sanitarios, según sus competencias respectivas, le impondrán una advertencia y ordenarán que corrija la situación dentro de un plazo determinado. Si no lo hace, se le impondrá una multa de entre 100.000 y 500.000 yuanes. En casos graves, se ordenará la suspensión de las actividades que generen riesgos relacionados con enfermedades profesionales, o bien se solicitará al órgano competente que, de acuerdo con las facultades otorgadas por el Consejo de Estado, ordene la suspensión o cierre de dichas instalaciones.
Estas acciones incluyen:
1. No realizar la evaluación previa de los riesgos relacionados con enfermedades profesionales, como está establecido en la ley.
2. Que las instalaciones médicas que puedan generar riesgos radiológicos no presenten el informe de evaluación previa correspondiente, o que dichos informes no hayan sido aprobados por los departamentos sanitarios antes de comenzar la construcción.
3. Que las instalaciones de protección contra enfermedades profesionales no se diseñen, construyan e instalen al mismo tiempo que la estructura principal del edificio, como está estipulado en la ley.
4. Que el diseño de las instalaciones de protección contra enfermedades profesionales no cumpla con los estándares y requisitos sanitarios establecidos, o que las instalaciones de protección en proyectos médicos que presentan riesgos radiológicos graves no hayan sido aprobadas por los departamentos sanitarios antes de comenzar su construcción.
5. No realizar la evaluación de la eficacia de las instalaciones de protección contra enfermedades profesionales, como está establecido en la ley.
6. Que las instalaciones de protección contra enfermedades profesionales no hayan sido inspeccionadas y aprobadas antes de que el proyecto entre en funcionamiento. Artículo 70. Quienes infrinjan las disposiciones de esta ley y cometan alguna de las siguientes acciones, serán sancionados por el departamento encargado de la supervisión y gestión de la seguridad en el trabajo con una advertencia, y se les ordenará que corrijan la situación dentro de un plazo determinado. Si no lo hacen, se les impondrá una multa de hasta cien mil yuanes:
1) Cuando los resultados de las pruebas y evaluaciones relacionadas con los factores de riesgo ocupacional en el lugar de trabajo no se archivan, se informan o se publican.
2) Cuando no se adoptan las medidas de prevención y control de las enfermedades profesionales establecidas en el artículo 20 de esta ley.
3) Cuando no se publican, según lo estipulado, las normas y procedimientos relacionados con la prevención y control de las enfermedades profesionales, así como las medidas de emergencia para hacer frente a accidentes relacionados con estos riesgos.
4) Cuando no se organiza la capacitación en salud ocupacional para los trabajadores, o cuando no se brinda orientación ni supervisión respecto a las medidas de protección personal contra las enfermedades profesionales.
5) Cuando se utilizan por primera vez en el país, o se importan por primera vez, materiales químicos relacionados con los riesgos ocupacionales, sin presentar los datos necesarios sobre su toxicidad, ni los documentos requeridos para su registro o importación por parte de las autoridades competentes. Artículo 71: Si el empleador incumple las disposiciones de esta ley y comete alguna de las siguientes acciones, la autoridad encargada de la supervisión y gestión de la seguridad en el trabajo le ordenará que corrija dichas infracciones dentro de un plazo determinado. Además, se le impondrá una advertencia, y podrá también ser multado con una cantidad que oscile entre 50.000 y 100.000 yuanes: (1) No informar a tiempo y de manera veraz a la autoridad encargada de la supervisión y gestión de la seguridad en el trabajo sobre los proyectos que presentan riesgos relacionados con enfermedades profesionales; (2) No llevar a cabo un monitoreo regular de los factores de riesgo relacionados con enfermedades profesionales, o bien, si el sistema de monitoreo no funciona correctamente; (3) Al celebrar o modificar el contrato laboral, no informar al trabajador sobre la verdadera situación en cuanto a los riesgos relacionados con enfermedades profesionales; (4) No organizar exámenes médicos relacionados con la salud ocupacional, ni mantener registros al respecto, o bien, no comunicar por escrito los resultados de dichos exámenes al trabajador; (5) No entregar al trabajador una copia de los registros de salud ocupacional cuando este abandona la empresa. Artículo 72: Si el empleador incumple las disposiciones de esta ley y comete alguna de las siguientes acciones, la autoridad encargada de la supervisión y gestión de la seguridad en el trabajo le impondrá una advertencia y ordenará que corrija la situación dentro de un plazo determinado. Si no lo hace, se le impondrá una multa de entre 50.000 y 200.000 yuanes. En casos graves, se ordenará que se detengan las actividades que generan riesgos de enfermedades profesionales, o bien se solicitará a las autoridades competentes que ordenen su cierre, de acuerdo con las facultades establecidas por el Consejo de Estado. Las acciones que constituyen incumplimiento son las siguientes:
1. La intensidad o concentración de los factores de riesgo relacionados con las enfermedades profesionales en el lugar de trabajo supera los estándares de salud ocupacional establecidos.
2. No se proporcionan instalaciones de protección contra enfermedades profesionales ni equipos de protección personal, o bien estos no cumplen con los estándares de salud ocupacional y requisitos sanitarios.
3. Los equipos de protección contra enfermedades profesionales, las instalaciones de emergencia y los equipos de protección personal no se mantienen en buen estado, ya sea debido a una falta de mantenimiento, reparaciones o pruebas adecuadas.
4. No se realizan pruebas y evaluaciones de los factores de riesgo relacionados con las enfermedades profesionales en el lugar de trabajo, según lo establecido.
5. Cuando los factores de riesgo relacionados con las enfermedades profesionales siguen sin cumplir con los estándares de salud ocupacional y requisitos sanitarios, no se detienen las actividades que generan esos riesgos.
6. No se proporciona atención médica adecuada a los trabajadores afectados por enfermedades profesionales o a aquellos que podrían estarlo.
7. Cuando ocurre o podría ocurrir un accidente grave relacionado con enfermedades profesionales, no se toman medidas de emergencia ni se informa a las autoridades correspondientes a tiempo.
8. No se colocan señales de advertencia y descripciones en idioma chino en los lugares donde existen riesgos graves relacionados con enfermedades profesionales.
9. Se niega la inspección y supervisión por parte de la autoridad encargada de la salud ocupacional.
10. Se ocultan, falsifican, alteran o destruyen los registros de salud ocupacional, los resultados de las pruebas relacionadas con los factores de riesgo en el lugar de trabajo, u otros documentos relevantes. También se niega proporcionar la información necesaria para el diagnóstico y evaluación de las enfermedades profesionales.
11. No se cubren los costos relacionados con el diagnóstico y evaluación de las enfermedades profesionales, así como los costos médicos y de subsistencia de los trabajadores afectados. Artículo 73: Quienes suministren a las entidades empleadoras equipos o materiales que puedan causar enfermedades profesionales, y no proporcionen instrucciones en idioma chino, ni establezcan señales de advertencia ni instrucciones en dicho idioma, serán sancionados por el departamento encargado de la supervisión y gestión de la seguridad laboral. Se les ordenará que corrijan la situación dentro de un plazo determinado; además, se les impondrá una multa de entre 50.000 y 200.000 yuanes. Artículo 74: Si las entidades empleadoras y los establecimientos de salud no informan, como es obligatorio, sobre las enfermedades profesionales o las sospechas de enfermedades profesionales, las autoridades competentes, de acuerdo con sus funciones, ordenarán que se corrija la situación dentro de un plazo determinado. Se les impondrá una advertencia, y además, se puede aplicar una multa de hasta diez mil yuanes. En caso de fraude, se impondrá una multa de entre veinte mil y cincuenta mil yuanes. Los responsables directos y otros funcionarios involucrados pueden ser sancionados con una reducción en su rango o incluso destituidos, de acuerdo con la ley. Artículo 75: En caso de incumplimiento de las disposiciones de esta ley, y en cualquiera de las siguientes situaciones, el departamento encargado de la supervisión y gestión de la seguridad en el trabajo ordenará que se corrijan dichas deficiencias dentro de un plazo determinado. Además, se impondrá una multa de entre 50.000 y 300.000 yuanes. En casos graves, se ordenará la suspensión de las actividades que generen riesgos de enfermedades profesionales, o bien se solicitará al órgano competente que, de acuerdo con las facultades otorgadas por el Consejo de Estado, ordene el cierre de dichas instalaciones. Las situaciones que constituyen incumplimiento son las siguientes: (1) Ocultar los riesgos relacionados con enfermedades profesionales que puedan surgir debido a tecnologías, procesos, equipos o materiales utilizados; (2) Ocultar la verdadera situación en cuanto a la salud ocupacional en la empresa; (3) Existir lugares de trabajo tóxicos o dañinos, así como lugares de trabajo con radiación, donde el transporte y almacenamiento de isótopos radiactivos no cumple con lo dispuesto en el artículo 25 de esta ley; (4) Utilizar equipos o materiales cuyo uso está estrictamente prohibido y que podrían causar enfermedades profesionales; (5) Transferir actividades que generan riesgos de enfermedades profesionales a empresas o personas que no cuentan con medidas de protección adecuadas, o bien permitir que tales empresas o personas realicen dichas actividades; (6) Desmontar o dejar de utilizar equipos de protección contra enfermedades profesionales o instalaciones de emergencia sin autorización; (7) Enviar a trabajadores que no han pasado exámenes médicos de salud ocupacional, a aquellos con contraindicaciones laborales, a menores de edad o a mujeres embarazadas o en período de lactancia para que realicen trabajos que impliquen riesgos de enfermedades profesionales; (8) Dar instrucciones erróneas a los trabajadores y obligarlos a realizar trabajos sin las medidas de protección necesarias. Artículo 76: Quienes produzcan, operen o importen equipos o materiales cuyo uso está estrictamente prohibido, ya que pueden causar enfermedades profesionales, serán sancionados de acuerdo con las disposiciones de las leyes y regulaciones administrativas aplicables. Artículo 77: Si el empleador incumple las disposiciones de esta ley y ello causa daños graves a la salud y vida de los trabajadores, el departamento encargado de la supervisión de la seguridad en el trabajo ordenará que se detengan las actividades que generan riesgos para la salud ocupacional. Además, se podrá solicitar al órgano competente que, según las facultades otorgadas por el Consejo de Estado, ordene el cierre de dichas instalaciones. Se impondrá además una multa de entre 100.000 y 500.000 yuanes. Artículo 78: Si el empleador incumple las disposiciones de esta ley, causando así graves daños relacionados con enfermedades profesionales u otras consecuencias graves, y ello constituye un delito, se procederá contra los responsables directos y otros individuos que tengan responsabilidad directa, aplicándoles las sanciones legales correspondientes. Artículo 79: Aquellos que ejerzan servicios técnicos en materia de higiene ocupacional sin contar con la autorización correspondiente, o aquellos establecimientos médicos y sanitarios que realicen exámenes de salud ocupacional o diagnósticos de enfermedades profesionales sin autorización, serán ordenados por los departamentos de supervisión de la seguridad laboral y de salud pública a cesar de inmediato dichas actividades ilegales. Se confiscarán los beneficios obtenidos de dichas actividades. Si los beneficios obtenidos superan los 5.000 yuanes, se impondrá una multa equivalente a dos hasta diez veces dicha cantidad. En caso de no haber beneficios obtenidos o si estos son inferiores a 5.000 yuanes, se impondrá una multa de entre 5.000 y 50.000 yuanes. En casos graves, los responsables directos e indirectos serán sancionados con degradación, destitución o despido, conforme a la ley. Artículo 80: Los organismos que prestan servicios técnicos en materia de higiene ocupacional, así como las instituciones médicas encargadas de los exámenes de salud ocupacional y el diagnóstico de enfermedades profesionales, que incumplan las disposiciones de esta Ley y cometan alguna de las siguientes acciones, serán ordenados por los departamentos de supervisión de la seguridad laboral y de salud pública, según sus respectivas competencias, a cesar de inmediato dichas actividades ilícitas. Se les impondrá una advertencia y se confiscarán los beneficios obtenidos ilegalmente. En caso de que dichos beneficios superen los 5.000 yuanes, se impondrá además una multa equivalente a dos hasta cinco veces dicha cantidad. Si no hay beneficios obtenidos o si estos son inferiores a 5.000 yuanes, se impondrá una multa de entre 5.000 y 20.000 yuanes. En casos graves, el órgano que otorgó la autorización o aprobación revocará dicha autorización. Los responsables directos e indirectos serán sancionados con degradación, destitución o despido, conforme a la ley. En caso de que se cometa un delito, se procederá a la persecución penal según la ley:
(1) Ejercer servicios técnicos en materia de higiene ocupacional o realizar exámenes de salud ocupacional y diagnóstico de enfermedades profesionales fuera del ámbito autorizado;
(2) No cumplir con las obligaciones legales establecidas en esta Ley;
(3) Emitir documentos falsos. Artículo 81: Si los miembros del comité encargado del diagnóstico y determinación de las enfermedades profesionales aceptan dinero u otros beneficios de las partes involucradas en disputas relacionadas con el diagnóstico de tales enfermedades, se les impondrá una advertencia. Se confiscarán los bienes recibidos, y además se podrá imponer una multa de entre 3.000 y 50.000 yuanes. Se les retirará la capacidad para ser miembros de dicho comité, y también se les eliminará de la lista de expertos establecida por los departamentos administrativos de salud de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente bajo el gobierno central. Artículo 82: Si los departamentos encargados de la salud y los departamentos de supervisión de la seguridad en el trabajo no informan, como es debido, sobre las enfermedades profesionales y los accidentes relacionados con estas, el departamento administrativo de nivel superior ordenará que se corrija esa situación, se emitirá una advertencia y se tomarán medidas disciplinarias. En caso de que se informe falsamente o se oculten datos, se impondrán sanciones legales al responsable de la entidad, a los funcionarios directamente responsables y a otros empleados directamente involucrados, tales como degradación en su cargo, destitución o incluso despido. Artículo 83: Los órganos populares a nivel de condado o superior que no cumplan con sus obligaciones en materia de prevención y control de las enfermedades profesionales, según lo dispuesto por esta ley, y que causen accidentes graves relacionados con enfermedades profesionales en su área administrativa, lo cual tenga un impacto social significativo, serán sancionados legalmente, ya sea con amonestaciones graves o incluso con despido, para los funcionarios directamente responsables y otros responsables directos. Si los departamentos populares de supervisión y gestión de la salud ocupacional a nivel de condado o superior no cumplen con las obligaciones estipuladas en esta Ley, abusan de su poder, descuidan sus deberes o cometen actos de corrupción, se impondrán sanciones como una amonestación grave o la degradación a los responsables directos e indirectos, conforme a la ley. En caso de que se produzcan accidentes relacionados con los riesgos laborales o cualquier otra consecuencia grave, se procederá a su destitución o despido, según lo dispuesto por la ley. Artículo 84: Quien viole las disposiciones de esta Ley y cometa un delito, será perseguido penalmente de conformidad con la ley. Capítulo VII Disposiciones finales Artículo 85 Significado de los siguientes términos en la presente Ley: Peligros derivados de las enfermedades profesionales: se refiere a todo tipo de peligros que puedan causar enfermedades profesionales a los trabajadores que desarrollan actividades laborales. Los factores de riesgo relacionados con las enfermedades profesionales incluyen: los diversos factores químicos, físicos y biológicos dañinos presentes en las actividades laborales, así como otros factores nocivos para la salud que se generan durante el proceso de trabajo. Las contraindicaciones profesionales se refieren a aquellas condiciones fisiológicas o patológicas especiales que un trabajador puede tener, las cuales le hacen más susceptible a sufrir enfermedades profesionales cuando desempeña ciertas ocupaciones o está expuesto a ciertos factores de riesgo relacionados con esas enfermedades. Estas condiciones también pueden hacer que empeoren las enfermedades que ya padecía el trabajador, o bien pueden provocar enfermedades que representen un peligro para la vida y la salud de otros. Artículo 86: En los casos en que las entidades distintas a las empleadoras mencionadas en el artículo 2 de esta ley generen riesgos relacionados con enfermedades profesionales, sus actividades de prevención y control de dichas enfermedades podrán realizarse de acuerdo con lo dispuesto en esta ley. La empresa que emplea a personas a través de servicios de intermediación laboral debe cumplir con las obligaciones que establece esta ley para las empresas empleadoras. El Ejército Popular de Liberación de China aplicará las disposiciones de esta ley, de acuerdo con los métodos establecidos por el Consejo de Estado y el Comité Central. Artículo 87: La supervisión y gestión del control de los riesgos relacionados con las enfermedades profesionales causadas por radiación en los establecimientos médicos, corresponde a la autoridad administrativa sanitaria, de acuerdo con lo dispuesto en esta ley. Artículo 88: La presente ley entrará en vigor a partir del 1 de mayo de 2002.