Segundo artículo: Protección contra incendios en edificios. Capítulo 4: Planificación general y disposición interior de los edificios
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La última edición de este mensaje fue realizada por LuC182 el 4 de noviembre de 2016, a las 14:02. Cuando la pared exterior más alta de dos edificos industriales está diseñada como muro cortafuego, no existe un límite en cuanto a la distancia entre ellos. Sin embargo, entre los edificios industriales de categoría A, dicha distancia no debe ser menor a ( ) metros. A.3.5B.4C.6D.92 La distancia de seguridad contra incendios entre las fábricas de tipo A y B, y los edificios residenciales de una o varias plantas, no debe ser menor a ( ) m. A.20 B.25 C.35 D.50 En general, la distancia de separación entre edificios residenciales de gran altura no debe ser menor a ( ) m. A.6B.9C.10D.134 En general, la distancia de separación entre edificios residenciales de varios pisos con clasificación de resistencia al fuego de nivel uno o dos no debe ser menor a ( ) m. A.4B.6C.5D.35 Salvo que se estipule lo contrario en las normas, la distancia de seguridad contra incendios entre los almacenes de gran altura y las instalaciones donde se almacenan productos de clase A no debe ser menor a ( ) m. A.10B.12C.13D.256 En general, la distancia de seguridad entre las instalaciones de refinación de etanol y los puntos de soldadura fijos no debe ser menor a ( ) metros. A.15 B.20 C.25 D.307 En general, la distancia de seguridad entre edificios residenciales de estructura de madera y aquellos de estructura mixta de ladrillo no debe ser menor a ( ) metros. A.6B.7C.8D.98 Salvo que se estipule lo contrario en las normas, la distancia de protección contra incendios entre los edificios de tipo A y los lugares donde hay fuego abierto o chispas no debe ser menor a ( ) m. A.20 B.30 C.40 D.50. Cuando las fachadas exteriores más altas de dos edificios residenciales de gran altura están una junto a la otra, dicha fachada constituye un muro cortafuego; en ese caso, la distancia de seguridad requerida es ( ). A. No debe ser menor a 4 m.B. No debe ser menor a 3,5 m.
C. No debe ser menor a 2 m.
D. No hay límite establecido.
La distancia de seguridad entre los almacenes de artículos de categoría 1 y los edificios públicos importantes no debe ser menor a ( ) m. A.25 B.30 C.50 D.80. La distancia de seguridad contra incendios entre los almacenes de tipo B, con excepción de los artículos incluidos en el punto 6 de dicha categoría, y los edificios residenciales no debe ser menor a ( ) m. A.25 B.30 C.40 D.50. La distancia de separación entre los almacenes que contienen artículos de categoría 12 no debe ser menor a ( ) m. A.13B.15C.20D.25. En el caso de los edificios residenciales de gran altura de tipo 13, así como de las fábricas o almacenes de tipos D y E con un grado de resistencia al fuego de nivel 1 o 2, la distancia de separación entre ellos no debe ser menor a ( ) metros. A.25B.20C.15D.18. Los tanques intermedios para líquidos de categoría C, una vez que se tomen las medidas de protección contra incendios necesarias, pueden estar ubicados a cualquier distancia de los edificios residenciales o industriales de altura, pero el volumen total de líquido almacenado en dichos tanques no debe superar los ( ) m3. A.3B.5C.10D.115 La distancia de protección contra incendios entre los almacenes de artículos de categoría B (salvo que se estipule lo contrario en las normas) y los edificios públicos importantes no debe ser menor a ( ) m; en cuanto a los demás edificios residenciales, dicha distancia no debe ser menor a ( ) m. A.14, 12B.25, 20C.30, 25D.50, 25Respuesta: BBDBC;DDBDC;ACCDD
B. No debe ser menor a 3,5 m.
C. No debe ser menor a 2 m.
D. No hay límite establecido.
La distancia de seguridad entre los almacenes de artículos de categoría A y los edificios públicos importantes no debe ser menor a (C) m. A.25 B.30 C.50 D.80 La distancia de seguridad contra incendios entre los almacenes de tipo B, con excepción del artículo número 6 de esta categoría, y los edificios residenciales no debe ser menor a (A) metros. A.25 B.30 C.40 D.50 La distancia de seguridad entre los almacenes que contienen artículos de categoría A no debe ser menor a (C) metros. A.13 B.15 C.20 D.25 La distancia de seguridad entre los edificios residenciales de gran altura de tipo 13 y las fábricas o almacenes de tipos D y E, cuyo grado de resistencia al fuego es de nivel 1 o 2, no debe ser menor a (C) metros. A.25 B.20 C.15 D.18. Los tanques intermedios para líquidos de categoría 14, una vez que se tomen las medidas de protección contra incendios necesarias, pueden estar ubicados a cualquier distancia de los edificios residenciales o industriales de gran altura. Sin embargo, la capacidad total de los tanques no debe superar los (B) m3. A.3 B.5 C.10 D.1 La distancia de seguridad contra incendios entre los almacenes de artículos de categoría 15B (salvo que las normas establezcan lo contrario) y los edificios públicos importantes no debe ser menor a (D) m; en cuanto a los demás edificios residenciales, dicha distancia no debe ser menor a ( ) m. A.14, 12 B.25, 20 C.30, 25 D.50, 25